Navidad en estado de excepción: ¿Qué está permitido hacer y que no?
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Ecuador

Navidad en estado de excepción: ¿Qué está permitido hacer y que no? Tome en cuenta el toque de queda y la ley seca

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Ante el vigente estado de excepción, desde esta semana, ciertas actividades están restringidas a nivel nacional durante este feriado por Navidad. Por ello, deben tomarse en cuenta varias disposiciones y así evitar inconvenientes, reseña Diario El Universo. Toque de queda Se aplica desde las 22:00 hasta las 04:00. En estos horarios también está la ley […]

Entre los pedidos está el establecer normas para controlar aforos en los diferentes espacios, para garantizar el distanciamiento social. Foto: Archivo
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Ante el vigente estado de excepción, desde esta semana, ciertas actividades están restringidas a nivel nacional durante este feriado por Navidad. Por ello, deben tomarse en cuenta varias disposiciones y así evitar inconvenientes, reseña Diario El Universo.

Toque de queda

Se aplica desde las 22:00 hasta las 04:00. En estos horarios también está la ley seca. La medida rige desde el pasado 21 de diciembre y se extenderá por 15 días.

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Reuniones sociales

En esta Navidad y fin de año están prohibidas las reuniones sociales con más de 10 personas en lugares públicos o privados.

Centros comerciales

Están permitidas las visitas a estos lugares, pero con un aforo máximo permitido es del 50% de su capacidad. El nuevo horario de funcionamiento de estos establecimientos es de 08:00 a 20:00.

Restaurantes

Se puede acudir a restaurantes, pero el aforo máximo en estos sitios es del 30 %.

Playas

Este 24, 25 y 31 de diciembre, así como el 1 de enero, las playas del país permanecerán cerradas, aunque quienes visiten estas localidades podrán ingresar a restaurantes o centros comerciales. Sin embargo, deben respetar el aforo máximo permitido.

Sitios de diversión nocturna

Está prohibido el funcionamiento de bares, discotecas y centros de tolerancia en todo el territorio nacional por 15 días. Esta disposición está vigente desde el martes 22 de diciembre.

Restricción vehicular

Los vehículos cuya placa termina en un número impar (1, 3, 5, 7 y 9) circulan los lunes, miércoles y viernes; los de placas con el último dígito par (2, 4, 6 , 8 y 0) circulan los martes, jueves y sábados.

Quedan dos domingos en este periodo de 15 días de restricción vehicular, en el primero (27 de diciembre) no circulan autos con placas par, y el siguiente, (3 de enero) no circularán los de placa impar.

 (I)

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