Así se debe calcular el impuesto a la renta desde el próximo año
Síguenos en
Publicidad
Publicidad

Ecuador

Conozca la tabla del impuesto a la renta que regirá desde el 2024

Publicado

el

El reajuste se ejecuta cada año según el artículo 36 de la Ley de Régimen Tributario Interno y debe considerar la inflación.

Desde enero los contribuyentes pueden realizar la proyección de gastos personales. Foto: Archivo
Publicidad

Desde el año 2024, los ecuatorianos que perciban más de 991,80 dólares al mes o 11.902 dólares al año estarán sujetos al Impuesto a la Renta (IR). Así lo indica la reciente actualización de la tabla tributaria, realizada la semana pasada por el Servicio de Rentas Internas (SRI).

El reajuste se ejecuta cada año según el artículo 36 de la Ley de Régimen Tributario Interno, que además considera la inflación anual hasta el 30 de noviembre.

Publicidad

La modificación conlleva un aumento en la base exenta del impuesto, lo que implica que muchos contribuyentes abonarán menos o incluso no pagarán el IR. Hasta este año quienes tenían ingresos de 977 dólares al mes o 11.722 dólares al año ya tenían la obligación de contribuir al fisco.

En cuanto al cálculo del impuesto, se efectúa considerando la totalidad de los ingresos del trabajador bajo relación de dependencia durante el año, lo que incluye sueldos, bonificaciones, comisiones, utilidades, entre otros conceptos.

Por tanto, si estas partidas sumen 11.902 dólares al año, la persona natural deberá realizar el respectivo cálculo. Aquellos que busquen minimizar su carga tributaria deben presentar, en enero de 2024, la proyección de sus gastos personales a sus empleadores.

IMPUESTO A LA RENTA año 2024
Fracción Básica (USD) Exceso hasta (USD) Impuesto Fracción Básica (USD) Impuesto Excedente (%)
0 11.902 0 %
11.902 15.159 5 %
15.159 19.682 163 10 %
19.682 26.031 615 12 %
26.031 34.255 1.377 15 %
34.255 45.407 2.611 20 %
45.407 60.450 4.841 25 %
60.450 80.605 8.602 30 %
80.605 107.199 14.648 35 %
107.199 En adelante 23.956 37 %

 

(I)

 

Qué Noticias!
REDACCIÓN

Publicidad
Publicidad

Contenido patrocinado

Advertisement
Advertisement

Últimas Noticias

Advertisement

Lo más leído

© 2022 ¡Qué Noticias! Todos los derechos reservados.

Tarifario de servicios

Quiénes somos

Según el Art. 60 de la Ley Orgánica de Comunicación, los contenidos se identifican y clasifican en: (I),informativos; (O), de opinión; (F),formativos/educativos/culturales; (E), entretenimiento; y (D),deportivos.