Ecuador
Estado de excepción se extiende 30 días más desde el 16 de mayo
Mediante un mensaje en su cuenta de Twitter, el presidente Lenín Moreno anunció la ampliación del estado de excepción por 30 días más desde el 16 de mayo. El pasado 16 de marzo, Moreno anunció la aplicación de este estado para contener la propagación del coronavirus COVID-19. Con esto se dispuso el cierre de servicios […]
Mediante un mensaje en su cuenta de Twitter, el presidente Lenín Moreno anunció la ampliación del estado de excepción por 30 días más desde el 16 de mayo.
El pasado 16 de marzo, Moreno anunció la aplicación de este estado para contener la propagación del coronavirus COVID-19. Con esto se dispuso el cierre de servicios públicos a excepción de la salud, seguridad, servicios de riesgos; suspensión de la jornada laboral presencial; fijación del toque de queda; suspensión de vuelos de pasajeros; entre otros.
Con el respaldo del Consejo de Seguridad, extendimos por 30 días más el estado de excepción, a partir de este 16 de mayo. ¡Gran predisposición del COSEPE para proceder a una reingeniería integral de los presupuestos institucionales de las funciones del Estado!
— Lenín Moreno (@Lenin) May 5, 2020
El mandatario señaló que se tuvo el apoyo del Consejo de Seguridad Pública del Estado para la extensión y que también hubo la predisposición de "una reingeniería integral de los presupuestos institucionales de las funciones del Estado".
En ese punto explicó que las revisiones presupuestarias serán de entre el 10 y 15 % sin afectar las actividades misionales.
La declaratoria del estado de excepción está contemplada en el artículo 164 de la Constitución. Allí se faculta al presidente o presidenta de la república el decretarlo en todo el territorio nacional "o en parte de él en caso de agresión, conflicto armado internacional o interno, grave conmoción interna, calamidad pública o desastre natural. La declaración del estado de excepción no interrumpirá las actividades de las funciones del Estado".
Mientras que el artículo 166 se establece un periodo máximo de 60 días para la vigencia del estado de excepción, aunque también podría renovarse por treinta días más. (I)
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