Amnistía migratoria y regularización para venezolanos en Ecuador
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Amnistía migratoria y regularización para venezolanos en Ecuador: El decreto 436 establece estas condiciones para otorgar una nueva visa a los migrantes

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El Gobierno nacional emitió el decreto ejecutivo número 436, el cual contempla la amnistía migratoria y proceso de regularización extraordinario para los venezolanos y su grupo familiar en Ecuador. La Presidencia de la República publicó el decreto con fecha 1 de junio de 2022 en el que se establece el procedimiento para obtener la amnistía […]

frontera Rumichaca
Foto: EFE / Xavier Montalvo
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El Gobierno nacional emitió el decreto ejecutivo número 436, el cual contempla la amnistía migratoria y proceso de regularización extraordinario para los venezolanos y su grupo familiar en Ecuador.

La Presidencia de la República publicó el decreto con fecha 1 de junio de 2022 en el que se establece el procedimiento para obtener la amnistía migratoria y solicitar una nueva visa, según determinadas condiciones.

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Claves del Decreto 436 de regularización de venezolanos en Ecuador

1.Ingreso regular: El decreto se refiere a la regularización para las personas de nacionalidad venezolana y su grupo familiar que hayan ingresado regularmente a través de los puntos de control migratorio oficiales al país y que se encuentren en situación migratoria irregular a la fecha de expedición del decreto (Artículo 1)

2.Registro: Prevé un proceso de registro de permanencia migratoria de todas las personas extranjeras que se encuentren en el país. Esta fase estará a cargo del Ministerio de Interior y su objetivo es "la generación sobre políticas públicas de la movilidad humana". (Artículo 2).

3.Regularización: Establece la ejecución de un proceso de regularización extraordinario, a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. A los venezolanos y su grupo familiar se les otorgará una Visa de Residencia Temporal de Excepción para Ciudadanos Venezolanos (VIRTE). (Artículo 3).

Para acceder a la VIRTE, los venezolanos deben cumplir con tres condiciones:

  • Que hayan ingresado regularmente a través de los puntos de control migratorio oficiales al territorio ecuatoriano y que se encuentren en situación migratoria irregular a la fecha de expedición del decreto.
  • Haber cumplido con el proceso de registro de permanencia migratoria (censo) en el Ministerio de Interior.
  • "No ser considerado una amenaza o riesgo para la seguridad pública y estructura del Estado ecuatoriano, para lo cual no deberá constar en los registros de las instituciones del Estado relacionados con el orden público y la seguridad ciudadana". Es decir, no tener antecedentes penales o policiales.

4. Duración: El proceso de regularización durará un año y la emisión de la visa VIRTE es gratuita. La vigencia del documento será de dos años y renovable por una sola ocasión.

5. Vigencia de pasaporte: Los pasaportes venezolanos o prórrogas con hasta cinco años de vencidos serán válidos para tramitar la nueva visa. (Artículo 4).

6. Cédula válida: Para solicitar la VIRTE se permitirá la cédula de identidad venezolana vigente, que hayan usado a su ingreso al Ecuador. (Artículo 5).

7. Cambio de visa: Los venezolanos que tengan visa VERHU (otorgada durante el Gobierno de Lenín Moreno) o la de Unasur, deberán cambiar a la VIRTE. (Artículo 6).

7. Requisitos: Establece el decreto ejecutivo que los requisitos y procedimientos para otorgar el documento así como la amnistía migratoria se determinarán a través de acuerdos ministeriales. (Artículo 7).

En este enlace puede consultarse el Decreto 436 que establece la Amnistía migatoria y regularización de los venezolanos en Ecuador. (I)

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