Nueva condena para recluso que mató a otro en cárcel en Riobamba
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Recluso recibe segunda condena por matar a interno en cárcel de Riobamba, lo sentenciaron a 34 años de prisión

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Una nueva condena, la segunda en año y 5 meses, recibió un privado de la libertad en Ecuador, al declararse la culpabilidad en un nuevo asesinato. El homicidio lo perpetró en una cárcel en Riobamba, provincia de Chimborazo, donde disparó por la espalda a otro interno. La Fiscalía General dijo que el Tribunal de Garantías […]

La Fiscalía General dijo que el Tribunal de Garantías Penales de Riobamba fijó como responsable del crimen a Fernando Camilo S. N. como autor directo de asesinato y le dictó condena de 34 años y 8 meses. Foto: Fifaliana Joy/Pixabay
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Una nueva condena, la segunda en año y 5 meses, recibió un privado de la libertad en Ecuador, al declararse la culpabilidad en un nuevo asesinato. El homicidio lo perpetró en una cárcel en Riobamba, provincia de Chimborazo, donde disparó por la espalda a otro interno.

La Fiscalía General dijo que el Tribunal de Garantías Penales de Riobamba fijó como responsable del crimen a Fernando Camilo S. N. como autor directo de asesinato y le dictó condena de 34 años y 8 meses.

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La sentencia "también incluye una multa de 800 salarios básicos unificados y una reparación integral de 10.000 dólares a favor de los familiares de la víctima”. En la audiencia de juicio, el fiscal Patricio Parco demostró que el 30 de agosto de 2020, Fernando Camilo S. N. le disparó por la espalda, en cuatro ocasionas y con un revólver de fabricación industrial, a Manuel Alberto O. M., produciéndole la muerte inmediata en el patio principal de la cárcel de la ciudad.

Tras este hecho, los guías penitenciarios lo detuvieron inmediatamente, informó la Fiscalía el lunes 12 de julio.

Esta es la segunda condena que enfrenta Camilo S. N, dice la Fiscalía. En febrero de 2020 aceptó su responsabilidad en un homicidio y recibió su primera sentencia. Recuerda la instancia judicial que el delito de asesinato está tipificado en el artículo 140, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal (Coip), y aunque determina una pena de 22 a 27 años, se tomó en cuenta la reincidencia en delitos contra la vida, establecida en el artículo 57 del mismo cuerpo legal. (I)

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