Ecuador
Navidad en estado de excepción: ¿Qué está permitido hacer y que no? Tome en cuenta el toque de queda y la ley seca
Ante el vigente estado de excepción, desde esta semana, ciertas actividades están restringidas a nivel nacional durante este feriado por Navidad. Por ello, deben tomarse en cuenta varias disposiciones y así evitar inconvenientes, reseña Diario El Universo. Toque de queda Se aplica desde las 22:00 hasta las 04:00. En estos horarios también está la ley […]
Ante el vigente estado de excepción, desde esta semana, ciertas actividades están restringidas a nivel nacional durante este feriado por Navidad. Por ello, deben tomarse en cuenta varias disposiciones y así evitar inconvenientes, reseña Diario El Universo.
Toque de queda
Se aplica desde las 22:00 hasta las 04:00. En estos horarios también está la ley seca. La medida rige desde el pasado 21 de diciembre y se extenderá por 15 días.
#InfoCOE | Desde este 21 de diciembre, inició el #ToqueDeQueda a partir de las 22h00 hasta las 04h00.
¡Cumple esta medida, respeta las leyes y evita ser sancionado! #YoMeCuido pic.twitter.com/6mtCcArV0M
— Riesgos Ecuador (@Riesgos_Ec) December 23, 2020
Reuniones sociales
En esta Navidad y fin de año están prohibidas las reuniones sociales con más de 10 personas en lugares públicos o privados.
Centros comerciales
Están permitidas las visitas a estos lugares, pero con un aforo máximo permitido es del 50% de su capacidad. El nuevo horario de funcionamiento de estos establecimientos es de 08:00 a 20:00.
Restaurantes
Se puede acudir a restaurantes, pero el aforo máximo en estos sitios es del 30 %.
Playas
Este 24, 25 y 31 de diciembre, así como el 1 de enero, las playas del país permanecerán cerradas, aunque quienes visiten estas localidades podrán ingresar a restaurantes o centros comerciales. Sin embargo, deben respetar el aforo máximo permitido.
Sitios de diversión nocturna
Está prohibido el funcionamiento de bares, discotecas y centros de tolerancia en todo el territorio nacional por 15 días. Esta disposición está vigente desde el martes 22 de diciembre.
Restricción vehicular
Los vehículos cuya placa termina en un número impar (1, 3, 5, 7 y 9) circulan los lunes, miércoles y viernes; los de placas con el último dígito par (2, 4, 6 , 8 y 0) circulan los martes, jueves y sábados.
Quedan dos domingos en este periodo de 15 días de restricción vehicular, en el primero (27 de diciembre) no circulan autos con placas par, y el siguiente, (3 de enero) no circularán los de placa impar.
(I)
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