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Emily Juliana no se suicidó, la estrangularon: Sala Penal ratifica condena de 26 de prisión para su pareja, recordamos lo que se sabe del caso ocurrido en Pichincha
La teoría de caso del procesado, al contrastarse con las pericias técnicas presentadas por Fiscalía, no pudo sustentar el suicidio. Por eso el argumento del representante de esa institución judicial volvió a ser irrefutable: no fue suicidio, fue femicidio.
Emily Juliana fue estrangulada. Fiscalía pudo comprobar, como lo hizo hace 11 meses, que ella no se quitó la vida.
El citado organismo señala, en nota de prensa, que las pruebas señalan directamente a Sixto Fernando N. V. como autor del delito. La Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, en consecuencia, ratificó la sentencia condenatoria que le impone 26 años de privación de libertad. Fiscalía demostró –por segunda vez– que la joven, de 19 años, fue víctima de la violencia femicida perpetrada por su pareja quien, a través de su defensa, intentó “disfrazar” nuevamente el crimen con la teoría de un suicidio.
En la audiencia de apelación, el fiscal de Gestión de Audiencias, Rodrigo Naranjo, explicó a los jueces de segunda instancia las pruebas que fueron presentadas en el juzgamiento y que fundamentaron la sentencia condenatoria impuesta al procesado.
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— Qué Noticias! (@quenoticiasec) August 26, 2022 Entre la noche del 6 y la madrugada del 7 de noviembre de 2020, Sixto Fernando N. V. estranguló a su conviviente.
Así lo develó Fiscalía, con base en la presentación de prueba técnica, como el testimonio del médico legista.
En cambio, la pareja de Emily Juliana, de 20 años, en su versión (durante las investigaciones) y en su testimonio (entregado en audiencia de juicio) afirmó que ella no lo dejó entrar a la habitación la noche del 6 de noviembre.
Dijo que se fue “a dormir a la casa de su hermana y al día siguiente regresó a su vivienda, acompañado de su cuñado”.
Llegó a declarar que “al golpear la puerta del dormitorio no hubo una respuesta, forzó la seguridad y encontró muerta a Emily Juliana”.
“¡Cómo vas a hacer eso de matarte!”, dijo que expresó y avisó a la madre de Emily para indicarle que se había suicidado, recogía la nota de la primera sentencia del 9 de septiembre de 2021.
En su informe, el experto forense concluyó que se trató de una muerte violenta y precisó que las lesiones en el cuello de la víctima “eran de carácter homicida” y no suicida.
Los agentes que levantaron el informe de inspección ocular técnica indicaron que en esa diligencia encontraron la bufanda utilizada para cometer el delito contra una mujer.
Recordaron que la víctima estaba con sus “condiciones motoras reducidas” por la ingesta de alcohol, según el resultado del análisis toxicológico.
Las pericias de entorno social y de autopsia sociológica, explicadas por los testigos peritos, concordaron en que existió una relación de poder entre el agresor y la víctima, un círculo de violencia que terminó en femicidio.
A estas conclusiones se sumó la valoración psicológica practicada a Sixto Fernando, que lo calificó de persona celosa e impulsiva.
La teoría de caso del procesado, al contrastarse con las pericias técnicas presentadas por Fiscalía, no pudieron sustentar el suicidio.
Incluso, los testimonios de los testigos confirmaron que la noche anterior hubo una discusión y comprobaron que existieron actos previos de violencia contra la víctima. (I)
Qué pasa con este caso de femicidio
Un hecho violento, dos puntos de vista
Hallaron la bufanda usada para perpetrar el femicidio
Sin fundamento probatorio