Valores máximos de pensiones en Sierra y Amazonía periodo 2021-2022
Síguenos en
Publicidad
Publicidad

Ecuador

Valores máximos que podrán cobrar los planteles particulares de la Sierra y Amazonía serán los autorizados en el periodo pasado

Publicado

el

Se suspendió el proceso de regulación de los costos que pueden cobrar las instituciones educativas particulares y fiscomisionales del periodo lectivo 2021-2022 en el régimen Sierra-Amazonía. Con ello, se mantienen los valores de pensiones acordados en el periodo pasado. El Ministerio de Educación establece en un comunicado que la aplicación será obligatoria para las instituciones […]

Valores de pensiones en Sierra y Amazonía 2021-2022
Con la suspensión del proceso de regulación de costos Sierra-Amazonía 2021-2022 se mantienen los valores 2020-2021
Publicidad

Se suspendió el proceso de regulación de los costos que pueden cobrar las instituciones educativas particulares y fiscomisionales del periodo lectivo 2021-2022 en el régimen Sierra-Amazonía. Con ello, se mantienen los valores de pensiones acordados en el periodo pasado.

El Ministerio de Educación establece en un comunicado que la aplicación será obligatoria para las instituciones de estas regiones del país. De la misma manera, los planteles particulares y fiscomisionales de ese régimen deben percibir los valores autorizados previamente por el distrito de Educación al que pertenecen.

Publicidad

Sin embargo, el Ministerio señala que las únicas excepciones son las unidades educativas que se encuentren en proceso de creación e inicio de funcionamiento; o que pretendan cobrar matrículas o pensiones por primera vez para el año lectivo 2021-2022.

Aquí puede encontrar el listado de los valores autorizados a cobrar por el Ministerio de Educación según la zona. (I)

Qué Noticias!
REDACCIÓN

Publicidad
Publicidad

Contenido patrocinado

Advertisement
Advertisement

Últimas Noticias

Advertisement

Lo más leído

© 2022 ¡Qué Noticias! Todos los derechos reservados.

Tarifario de servicios

Quiénes somos

Según el Art. 60 de la Ley Orgánica de Comunicación, los contenidos se identifican y clasifican en: (I),informativos; (O), de opinión; (F),formativos/educativos/culturales; (E), entretenimiento; y (D),deportivos.