Ecuador
Qué dice el nuevo decreto de estado de excepción que incluye 6 provincias y qué señala sobre las manifestaciones pacíficas
El Gobierno derogó el Decreto 455 vigente desde el sábado 18 de junio de 2022 que establecía el estado de excepción en Pichincha, Imbabura y Cotopaxi, pero emitió la tarde de este lunes 20 de junio, uno nuevo que suma tres provincias más, con el objetivo de controlar la situación en los territorios donde se […]
El Gobierno derogó el Decreto 455 vigente desde el sábado 18 de junio de 2022 que establecía el estado de excepción en Pichincha, Imbabura y Cotopaxi, pero emitió la tarde de este lunes 20 de junio, uno nuevo que suma tres provincias más, con el objetivo de controlar la situación en los territorios donde se desarrolla con más fuerza el paro nacional convocado por la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie) y otras organizaciones sociales.
El decreto ejecutivo número 459 establece el estado de excepción en las siguientes provincias:
- Chimborazo
- Imbabura
- Cotopaxi
- Pichincha
- Pastaza
- Tungurahua
Un comunicado del Gobierno señala que con esta decisión "se precautela el bienestar de la ciudadanía frente a la violencia. A la vez se tutelan los derechos de quienes se manifiesten pacíficamente".
Este lunes, la Asamblea Nacional debatiría el Decreto Ejecutivo N.° 455, emitido el pasado vienes 17 de junio, con miras a su derogación. Pero ante la medida del Gobierno, el debate carecería de sentido al no existir ya el decreto en cuestión.
COMUNICADO OFICIAL | Mediante Decreto Ejecutivo N.º 459, el presidente @LassoGuillermo declara estado de excepción: nuevas provincias incluidas, respeto a la prensa y manifestaciones pacíficas.
➡️ https://t.co/qZOr7z5Ant pic.twitter.com/4I9zJkaE4E
— Comunicación Ecuador (@ComunicacionEc) June 20, 2022
El estado de excepción en las seis provincias se decreta "por grave conmoción interna" y tendrá una vigencia de 30 días.
El artículo 1 del decreto señala que la medida se da con motivo "de las actuaciones violentas que han alterado el orden público, provocando situaciones de violencia que ponen en riesgo la seguridad de los ciudadanos".
El estado de excepción implica la movilización de Fuerzas Armadas en apoyo de la Policía Nacional para mantenimiento del orden público, de la cadena de distribución de las cadenas de alimentos e hidrocarburos y limitaciones al derecho de libre reunión y asociación.
El decreto mantiene la restricción de la libertad de tránsito con un toque de queda exclusivamente en el Distrito Metropolitano de Quito, desde el 18 de junio a las 22:00 hasta las 5:00, por 30 días.
Las personas que circulen durante el horario de toque de queda "serán puestas a las órdenes de la autoridad judicial competente", detalla el decreto N° 459.
El artículo 6 indica que "la suspensión del derecho a la libertad de asociación y reunión de las personas consiste en limitar la propagación de acciones violentas en espacios públicos las 24 horas del día con el objeto de impedir que se atente contra los derechos del resto de los ciudadanos".
Y exceptúa de esta limitación a la "protesta pacífica y toda aquella actividad pacífica que no tenga por objeto ahondar la situación de grave conmoción interna" en las seis provincias en las que rige el estado de excepción.
"Por lo tanto se garantizarán los derechos de libertad de asociación y reunión de los ciudadanos que incurran en actividades no violentas". (I)
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