Estas son las medidas que dispuso la Alcaldía de Quito
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Ecuador

Se restringe la venta de licor y la circulación vehicular por horarios y número de placas: Estas medidas dispuso la Alcaldía de Quito

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Nuevas medidas fueron adoptadas por la Alcaldía de Quito, ante el creciente número de casos de COVID-19. Se trata de la Resolución A004, firmada por el alcalde Jorge Yunda. La normativa entrará en vigencia desde este viernes 22 de enero, hasta el 7 de febrero de 2021. En la resolución, el burgomaestre definió nuevos horarios […]

La normativa entrará en vigencia desde este viernes 22 de enero, hasta el 7 de febrero de 2021. Foto: Archivo
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Nuevas medidas fueron adoptadas por la Alcaldía de Quito, ante el creciente número de casos de COVID-19. Se trata de la Resolución A004, firmada por el alcalde Jorge Yunda.

La normativa entrará en vigencia desde este viernes 22 de enero, hasta el 7 de febrero de 2021. En la resolución, el burgomaestre definió nuevos horarios de atención de los comercios, restricción en la venta de alcohol y la modificación en el ‘Hoy Circula’, reseña Diario El Comercio.

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Estas son las medidas en Quito:

Actividades comerciales

Yunda declaró en rueda de prensa que se aplicará "básicamente la restricción del permiso de funcionamiento de las actividades comerciales que irían desde las 06:00 hasta las 22:00". Las actividades que estarán restringidas están en: centros comerciales, mercados, restaurantes, comedores y similares, venta al por menor de bebidas alcohólicas.

Las personas que irrespeten la normativa serán sancionadas con hasta 15 salarios básicos unificados, es decir con hasta 6.000 dolares, informó el portal Primicias.

Expendio de bebidas alcohólicas

También se prohíbe la venta de licor  pasadas las 22:00, durante los fines de semanas, incluidos los días viernes, entre el 22 de enero y el 7 de febrero de 2021. Quienes incumplan esta disposición serán sancionados con el 50% del salario básico (200 dólares).

Movilidad

Los días lunes, miércoles y viernes circularán los vehículos cuya placa termina en número impar (1, 3, 5, 7 y 9), entre las 04:00 y 23:00. Mientras que, en el mismo horario, los días martes, jueves y sábado podrán circular los automotores con placa par (2, 4, 6, 8, 0).

Sin embargo, entre el 22 de enero y el 7 de febrero ningún vehículo podrá circular entre las 23:00 y las 04:00, a excepción de los domingos y feriados. El documento plantea que se mantienen las mismas excepciones para personas de la tercera edad, con discapacidad, servidores del sistema de salud, autoridades, entre otros. (I)

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