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Ecuador

¿Cuáles son los lineamientos para el regreso obligatorio a clases presenciales?: Esto es lo que deben considerar los padres de familia

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Desde este 22 de noviembre de 2021 arrancará el retorno obligatorio a clases presenciales, con los bachilleratos técnicos y rurales. Este martes, 16 de noviembre, el COE Nacional aprobó la petición del Ministerio de Educación.

El cronograma continuará el próximo 6 de diciembre de 2021 (desde el 7 de diciembre para  Quito por el feriado local) con todos los bachilleratos y niveles de básica superior, para los estudiantes de 12 a 17 años de edad.

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Mientras que desde el 17 de enero del 2022 se espera que se reincorporen todos los niveles desde básica elemental, es decir, con los menores de 5 a 11 años de edad.

Una vez superadas esas fechas y según el porcentaje de vacunación se considerará el retorno de los infantes  menores a 5 años en los niveles iniciales.

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La cartera de Estado cuenta con un protocolo y lineamientos que se deberán acatar para llevar a cabo el retorno seguro a clases presenciales con aforo completo.

¿Cómo se llevará a cabo el proceso?

El primer criterio para el regreso a clases son los índices de vacunación en menores de edad, contra la covid-19.

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En la primera fase (del 22 de noviembre), no hay ninguna restricción ya que la población estudiantil entre 15 y 17 años no supera los 500.000 estudiantes, quienes ya avanzaron en el proceso de vacunación.

Para el resto del cronograma, el gobierno tomará en cuenta que la segunda dosis de las vacunas cumplan con el 85 % de cobertura en los grupos de edad de: 3 a 4 años,  5 a 11 años y 12 a 17 años.

La información se analizará a nivel nacional por cada cantón. El Ministerio publicará una vez por semana la lista de cantones que hayan superado ese procentaje en el portal educacion.gob.ec/plan-educativo-covid-19/.

En caso de no cumplir la cifra, tanto en los cantones como en cada establecimiento, la dirección distrital deberá analizar la situación.

La medidas de bioseguridad

Previo al regreso de los estudiantes a las aulas, las instituciones educativas deberán cumplir condiciones mínimas de bioseguridad, según establece el protocolo:

  • Contar con servicios básicos o equivalentes (provisión de agua por tanqueros, suministro de agua por vertientes, letrinas, entre otros).
  • Señalética de prevención y emergencias en la institución.
  • Procedimientos de autocuidado e higiene  que deben ser socializados con los estudiantes.
  • Y un espacio de aislamiento temporal o su equivalente (casa comunal, subcentro
    más cercano, oficina administrativa de la institución educativa, entre otros.)

Por otro lado será obligatorio el uso de la mascarilla, lavado  constante de manos, desinfección con gel de mínima concentración de alcohol del 70 %, distanciamiento físico y espacios ventilados. (I)

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