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Ecuador

Condenan por femicidio a un hombre que apuñaló 54 veces a su ex conviviente delante de sus cuatro hijos: pagará pena máxima agravada de 34 años de cárcel

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El femicidio cometido contra Michel P. ocurrió el 9 de marzo de 2021, frente a sus cuatro hijos, en un departamento ubicado en el sector Santa Anita, al sur de Quito.

Casi un año después del crimen, su agresor y ex conviviente, Patricio Anibal, T. Ch recibe sentencia de 34 años de cárcel. En un ataque de ira, el condenado le propinó a la víctima 54 puñaladas, hecho que ocurrió en la habitación de los niños, según indica en un comunicado de la Fiscalía General del Estado.

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Durante la madrugada de aquel 9 de marzo, el victimario forzó la seguridad de la vivienda donde Michel P. se encontraba con los niños. Ella corrió a refugiarse a la habitación de los pequeños y suplicó al T. Ch que no le hiciera daño.

El hombre no tuvo ninguna contemplación, pues tomó un cuchillo de la cocina, la atacó en la recámara de los menores, apuñalándola en presencia de ellos. Aunque T. Ch huyó del lugar, la policía logró detenerlo después.

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Fiscal demuestra que al femicidio le antecedieron maltratos físico y psicológico

El pasado 15 de febrero de 2022, un Tribunal de Garantías Penales dictó la condenatoria contra el homicida. Esto después de que la Fiscalía impulsó un proceso penal y de que el fiscal especializado en violencia de género, Luis Puertas, reuniera las pruebas respectivas del caso.

Según un informe oficial, Puertas comprobó “la relación de poder que infringía el acusado sobre Michele P, manteniendo un continuo y sistemático maltrato físico y psicológico en su contra, lo que desembocó en el femicidio”.

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El reporte de Fiscalía dice que el crimen fue “el último eslabón de una ‘cadena’ de agresiones basadas en los celos”. También detalla que entre las pruebas manejadas sobre el femicidio están la autopsia médico-legal, la pericia de rasgos de personalidad practicada al procesado y las valoraciones psicológicas realizadas a los niños que presenciaron los hechos.

El artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal sanciona este crimen con una pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años. En el caso del asesinato de Michel P. “la condena se incrementó en un tercio, pues el Tribunal consideró las agravantes establecidas para ese tipo penal, tipificadas en el artículo 142, numerales 1, 2 y 3, del mismo cuerpo legal”.

(I)

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