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Todo lo que debes saber sobre la Ley Seca previo a las elecciones en Ecuador este 2025
Las sanciones por incumplir esta normativa incluyen una multa del 50% del salario básico unificado.
Con las elecciones del 9 de febrero de 2025 a la vista, como parte del cumplimiento del Código de la Democracia, se aplica la Ley Seca, que restringe la venta, distribución y consumo de bebidas alcohólicas en todo el país. Esta medida busca garantizar un ambiente ordenado y pacífico durante las votaciones, previniendo altercados y comportamientos inapropiados.
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A continuación, te explicamos cómo se aplica esta ley, desde su inicio hasta las sanciones correspondientes por su incumplimiento:
¿Cuándo inicia la Ley Seca?
La Ley Seca comenzará el 7 de febrero de 2025 a las 12:00 p.m. Es decir, 36 horas antes de que comiencen las votaciones. Esta restricción se mantendrá hasta las 12:00 p.m. del lunes 10 de febrero, 12 horas después de que concluyan las elecciones. Durante este período, no se podrá vender, distribuir ni consumir bebidas alcohólicas en el territorio nacional.
¿Qué pasa con los comercios?
Establecimientos como bares, restaurantes y discotecas deberán suspender la venta y distribución de bebidas alcohólicas desde las 12:00 p.m. del 7 de febrero hasta el mediodía del 10 de febrero. Además, en eventos tanto públicos como privados, está prohibido el consumo de alcohol. Cualquier incumplimiento de esta normativa puede resultar en sanciones, que también se aplican a quienes ingresen a los recintos electorales en estado de embriaguez.
¿Qué sanciones existen por violar la Ley Seca?
Los ciudadanos que infrinjan la Ley Seca, ya sea vendiendo, distribuyendo o consumiendo alcohol durante el período prohibido, se enfrentarán a una multa equivalente al 50% del salario básico unificado (SBU). En 2025, el SBU es de $470, lo que significa que quienes violen la ley deberán pagar una multa de $235.
Además, los votantes que lleguen a los recintos electorales en estado de embriaguez también serán sancionados, con una multa de un monto similar. Las autoridades competentes, como la Policía Nacional, son responsables de hacer cumplir esta norma, levantando las papeletas de citación y entregando los informes correspondientes al CNE.
(I)
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