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¿Dónde se puede colocar propaganda electoral en Guayaquil? Conoce los sectores prohibidos y sanciones

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La Alcaldía de Guayaquil dispuso el retiro de propaganda electoral en zonas regeneradas y otras áreas prohibidas por las ordenanzas vigentes. Esto tras la el inicio de la campaña electoral este 31 de diciembre de 2020. 

La Dirección municipal de Justicia y Vigilancia comenzó los operativos de control y quitó de propaganda electoral en zonas prohibidas en la ciudad. Los delegados municipales efectúan los operativos en diferentes sectores, que incluyen publicidad desde candidatos a la presidencia hasta la Asamblea Nacional. Las prohibiciones también abarcan pintar con colores alusivos a partidos políticos en los postes y paredes de domicilios o negocios de zonas regeneradas.

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Con la intención de evitar contratiempos y la aplicación de multas, el cabildo recuerda que se mantiene vigente la ordenanza que "Regula la instalación, regulación y el control de propaganda política en el cantón Guayaquil". 

Estos son los sectores prohibidos

Dicha ordenanza establece los límites que tienen los actores políticos para la ubicación y funcionamiento de sus sedes, centrales o comités. El artículo 6 del cuerpo legal refiere a que son zonas prohibidas para estas sedes proselitistas el polígono comprenden las calles:

  • Av. Carlos Luis Plaza Dañín
  • Av. Francisco Segura,
  • Av. Domingo Comín y su extensión a Eloy Alfaro, Malecón Simón Bolívar y Pedro Menéndez Gilbert
  • Av. San Jorge, llegando a la Delta y Tungurahua. 

La prohibición incluye los predios que dan hacia las calles, avenidas o áreas regeneradas de la ciudad. También abarcan barrios residenciales entre los que se consideran:

  • Urdesa
  • Kennedy Norte
  • Sector Kennedy
  • Kennedy Vieja
  • Barrio El Centenario
  • Inmuebles reconocidos como patrimoniales 

Además, la ordenanza detalla que no está permitido que los partidos o movimientos políticos adhieran o peguen su propaganda. Tampoco pueden pintar con colores alusivos a su organización algún espacio público, ni colgar o guindar publicidad política en zonas regeneradas y públicas.

El documento  también indica que la publicidad no se puede colocar por avenidas y calles de zonas regeneradas y públicas. Así mismo, instalar vallas en la sede o central y promocionar su propaganda en vehículos plataforma.

Estas son las sanciones por incumplir

  • Los partidos y movimientos políticos son sancionados con una multa equivalente a veinte Salarios Básicos Unificados (SBU).
  • Los candidatos de elección popular se les aplica una multa que corresponde a diez SBU.
  • Para los propietarios de inmuebles que hayan permitido instalar centrales políticas o pintar los predios, la sanción establecida es de cinco SBU.
  • Los dueños y conductores de vehículos plataforma que lleven propaganda política, la multa asciende a cuatro SBU.

Los delegados de la Dirección de Justicia y Vigilancia son los encargados de controlar su cumplimiento. De detectarse las infracciones, las Comisarías Municipales serán quienes ejecuten las clausuras y sanciones de ser el caso. (I)

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