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Fingió que su hija de seis años cayó de un árbol para evitar que su pareja cayera preso: Ahora ambos son condenados a 34 años de cárcel por asesinato
Byron Rodolfo G. N. y Dayerli Andreina T. M. fueron condenados a 34 años con 8 meses de prisión por el asesinato de una menor de 6 años.
Byron Rodolfo G. N. y Dayerli Andreina T. M. fueron condenados a 34 años con 8 meses de prisión por el asesinato de una menor de 6 años. El hecho ocurrió el 16 de diciembre de 2020, en el centro del cantón Santa Elena.
Un Tribunal de Garantías Penales emitió esta sentencia tras acoger las pruebas presentadas por la fiscal del caso. Las evidencias fueron: siete testimonios de los agentes aprehensores e investigadores, los peritos forenses, testigos presenciales y la versión de los padres de la víctima.
A estas se sumaron los informes de investigación, de levantamiento de cadáver y protocolo de autopsia, el parte de aprehensión de los procesados. Así como las pericias de reconocimiento del lugar de los hechos y el de inspección ocular técnica, entre otros.
Así fue el asesinato de la menor
La víctima es hija de Dayerli Andreina T. M., quien encubrió a su pareja para evitar que él fuera preso. Los hechos se registraron en su inmueble, cuando ella había salido. Su esposo –y padrastro de la niña– la llamó para decirle que la niña no reaccionaba.
Entonces ella llevó a la pequeña a una casa de salud, donde le indicaron que debía ser trasladada a un hospital de Guayaquil. Sin embargo, por la gravedad de sus heridas, falleció a las pocas horas.
La madre de la niña puso una denuncia en la Fiscalía cinco días después del hecho, alegando que la menor cayó de un árbol. No obstante, tras la autopsia se determinó que la víctima sufrió agresiones físicas en varias partes de su cuerpo con un elemento contundente.
Tras los hechos perpretados, Byron Rodolfo G. N. se fugó de la vivienda. Pero, después volvió con la madre de la menor para radicarse en Ambato, Tungurahua. En esta ciudad fueron detenidos en noviembre de 2022.
Los jueces del Tribunal Penal también impusieron una multa de 1.500 salarios básicos unificados a los sentenciados.
De acuerdo al Código Orgánico Integral Penal (COIP), art. 140, numeral 2, este delito se sanciona con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años. Esta incrementó al aplicarse las circunstancias agravantes del artículo 47, numerales 5, 7, 8 y 11, y del 48 de este mismo cuerpo legal.
#ATENCIÓN | #SantaElena: #FiscalíaEc obtuvo pena máxima agravada en contra de dos personas. Un Tribunal acogió las pruebas presentadas y los declaró culpables de #asesinato. La víctima tenía 6 años.
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— Fiscalía Ecuador (@FiscaliaEcuador) October 25, 2023
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