Estado de excepción y toque de queda de 20:00 a 5:00 en 8 provincias
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Ecuador

Presidente Lenín Moreno decreta estado de excepción y toque de queda de 20:00 a 5:00 en ocho provincias del país

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Cerca de las 23:30 de este 1 de abril de 2021, el presidente de la República, Lenín Moreno decretó estado de excepción por calamidad pública en las provincias de Azuay, Guayas, El Oro, Esmeraldas, Manabí, Pichincha, Loja y Santo Domingo de los Tsáchilas durante los próximos 30 días. La medida incluye también un toque de […]

En el ingreso a Guayaquil, a la altura del puente de Carlos Pérez Perasso, se realiza control vehicular debido a la disposición del COE cantonal. Fotos: César Muñoz/API
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Cerca de las 23:30 de este 1 de abril de 2021, el presidente de la República, Lenín Moreno decretó estado de excepción por calamidad pública en las provincias de Azuay, Guayas, El Oro, Esmeraldas, Manabí, Pichincha, Loja y Santo Domingo de los Tsáchilas durante los próximos 30 días.

La medida incluye también un toque de queda de 20:00 a 5:00 del 2 al 9 de abril en esas localidades. La decisión fue tomada tras la recomendación del Comité de Operaciones de Emergencia Nacional.

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El Decreto firmado hace pocos minutos señala que la medida se toma “únicamente con la finalidad de evitar reuniones y aglomeraciones que provocan un contagio acelerado”. Por ello, se prohíbe la realización de todos los eventos de afluencia y congregación masiva en las ocho provincias. Además, se restringe la libertad de tránsito y movilidad con excepciones.

"¡La pandemia no termina, debemos cuidarnos!", finaliza Moreno en su tuit.

El decreto llega luego de que en las principales ciudades del país como Quito y Guayaquil ya se apliquen medidas de restricción vehicular por la noche y madrugada.

¿Qué otras restricciones incluye el decreto?

El documento señala que el control del cumplimiento del toque de queda está a cargo de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional.

Además prohíbe:

  • Reuniones sociales y familiares de los miembros que no pertenezcan al mismo círculo familiar.
  • La venta y consumo de bebidas alcohólicas de lunes a jueves a partir de las 18h00 y; viernes, sábado y domingo, se prohíbe la venta y consumo durante todo el día.
  • Suspensión total de la jornada laboral presencial en el sector público del 5 al 9 de abril de 2021, se implementará el teletrabajo.
  • El acceso a playas y balnearios.
  • Actividades en gimnasios, centros de entrenamiento físico, canchas deportivas, cines, teatros, parques mientras dure el estado de
    excepción.
  • Funcionamiento de bares, discotecas, centros de tolerancia y afines.
    Eventos públicos masivos y concentraciones religiosas que generen aglomeraciones.
    Suspenden las clases presenciales de los pilotajes autorizados previamente.
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REDACCIÓN

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