El presidente de la República, Guillermo Lasso, mediante decreto declaró estado de excepción para todos los cantones de El Oro y en la ciudad de Guayaquil. Y además un toque de queda en El Oro.
La medida se toma luego de detectarse diez casos de COVID-19 con las variantes delta y delta plus en esas localidades y de acuerdo con las recomendaciones que hiciera el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional.
Así, el estado de excepción empezará a regir desde las 20:00 de hoy miércoles 14 de julio de 2021 y se extenderá hasta el 28 de julio.
Estas son las medidas decretadas en El ORO:
- Hay toque de queda desde hoy miércoles 14 de julio desde las 20:00. El toque de queda será de lunes a jueves de 20:00 a 06:00 y los viernes, sábados y domingos de 18:00 a 06:00 hasta el 28 de junio.
- Aforos del 25% en establecimientos de atención al público.
- Se suspenden los permisos de retornos progresivo a las aulas.
- Teletrabajo para el sector público y privado.
- Transporte interprovincial queda suspendido desde El Oro.
- Aforo en el transporte público será al 30%.
- Autos particulares podrán circular de manera libre sin restricción de placa en los horarios permitidos.
- Se exceptúan de las limitaciones de movilidad quienes realicen actividades de su profesión en servicios de salud, seguridad, servicios estratégicos de energía, telecomunicaciones, recursos naturales no renovables, transporte y refinación de hidrocarburos, biodiversidad y patrimonio genético, espectro radioeléctrico y agua; además de cadenas productivas y de valor; servicios de emergencia vial; sector exportador; servicios básicos; provisión de alimentos y medicinas, personal de medios de comunicación, abogados, servidores públicos.
- Podrán movilizarse aquellos que deban asistir a citas de vacunación, citas médicas, traslados hacia o desde puertos, aeropuertos o pasos fronterizos, con los respectivos documentos habilitantes como pasajes del titular, e incluso los adultos mayores.
¿Qué sucede si necesito movilizarme durante el toque de queda en El Oro?
Las personas que integran los grupos anteriormente mencionados podrán movilizarse sin ninguna restricción. Para ello deberán presentar su cédula de identidad (para adultos mayores); credencial profesional o institucional; RUC, RISE o guía de remisión; pasajes del titular, turno para vacunación o documento de cita médica u odontológica verificable que acredite o justifique su movilización.
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