Ecuador
¿Podría enfrentar Guillermo Lasso la revocatoria del mandato? Esto es lo que dictan las leyes ecuatorianas
Luego de haberse cumplido un año del actual gobierno, un grupo de ciudadanos se congregó hoy 25 de mayo de 2022 en los exteriores del Consejo Nacional Electoral (CNE) en Quito para solicitar el trámite de revocatoria de mandato del presidente, Guillermo Lasso y del vicepresidente, Alfredo Borrero. Se trata de un colectivo que se […]
Luego de haberse cumplido un año del actual gobierno, un grupo de ciudadanos se congregó hoy 25 de mayo de 2022 en los exteriores del Consejo Nacional Electoral (CNE) en Quito para solicitar el trámite de revocatoria de mandato del presidente, Guillermo Lasso y del vicepresidente, Alfredo Borrero.
Se trata de un colectivo que se denomina Coordinadora Nacional para la Revocatoria de Mandato que está encabezado por los abogados Pedro Granja y Joselito Argüello. El justificativo es incumplimiento del Plan de Gobierno.
Que no se nos olvide q hoy se pidieron los formularios para la revocatoria del mandato de Guillermo Lasso y de Alfredo Borrero.
Que no se nos olvide q el CNE buscará cualquier pretexto para no permitir este ejercicio democrático.#RevocatoriaDeMandato es el clamor nacional.— Pedro Granja (@PedritoExtranja) May 25, 2022
#AHORA: Personas se congregan frente al Consejo Nacional Electoral para acompañar al Ab. Pedro Granja a la entrega de documentos para dar inicio al proceso de #RevocatoriaDeMandato. pic.twitter.com/86LmRNu36g
— La Kolmena ? (@LaKolmenaEC) May 25, 2022
Según Argüello hicieron "uso de la herramienta constitucional y la solicitud (de revocatoria de mandato) está presentada".
Ahora el CNE deberá responder en 15 días, según el jurista.
¿Es factible una revocatoria de mandato a Lasso?
En cuanto a la posibilidad de sacar del poder al presidente, Diario El Universo recoge que, según el artículo 105 de la Constitución del Ecuador, cualquier persona que goce de sus derechos políticos puede hacer la petición y puede aplicar a todas las autoridades de elección popular.
Además, el pedido puede gestionarse una vez que, el funcionario en cuestión, haya cumplido el primer año de mandato y antes del último año del período electoral. En este caso, este 24 de mayo Lasso ya cumplió su primer año en el poder.
Por otro lado, en un hilo de Twitter, el sociólogo Agustín Burbano, explica que cualquier persona que haya votado en la elección de dicha autoridad puede iniciar el proceso ante el CNE. En caso de que sean varias personas se deberá designar un procurador común. Así lo establece el Reglamento de la Democracia.
Es así que entre los motivos para dar paso a la petición se detallan tres: incumplimiento del plan de trabajo, el incumplimiento de disposiciones legales relativas a la participación ciudadana, y el incumplimiento de funciones u obligaciones.
Para Granja, Lasso no ha cumplido con lo que ofreció en campaña y que también está plasmado en su plan de trabajo. Los temas de salud, seguridad, empleo, educación y desarrollo sostenible son los más criticados. Según el jurista existirían al menos 75 incumplimientos.
Diana Atamaint debería explicarle al país cómo el CNE aceptó un mamotreto demagógico y cínico entregado por Lasso como "plan de gobierno".
Son 87 hojas de promesas vacías con más de 75 incumplimientos.
Bastó un año para demostrarnos que NO pueden gobernar ni sus vidas. pic.twitter.com/YGXfsz4oes— Pedro Granja (@PedritoExtranja) May 23, 2022
Lo que sigue tras la solicitud de la revocatoria
Para revocar el mandato de un presidente de la República se requiere de la recolección de firmas por un número no inferior al 15 % de personas inscritas en el registro electoral de las últimas elecciones. Es decir, al menos 1 millón 700 mil firmas.
Esto se podrá realizar luego de que el CNE apruebe la solicitud, lo cual es crucial para continuar con el proceso.
Para la recolección de firmas de respaldo los solicitantes tienen de plazo 180 días. Se dispondrá de 15 días más para que el CNE revise los respaldos y anunciar si califican o no. Finalmente, si se aprueba, se convocará a la realización del proceso de revocatoria, que se realizará en un máximo de 60 días.
En ese caso se convocará a elecciones y de acuerdo con el artículo 201 del Código, se requerirá de la mayoría absoluta del voto de los sufragantes (no de los votos válidos como para otras dignidades).
De ganar la revocatoria, no corresponderá que lo suplante el vicepresidente ya que el pedido presentado también está dirigido a Borrero, este también deberá pasar por todos los filtros que establece la normativa. (I)
Esta es la respuesta a toda esta MIERDA que nos pasa:
1. La Revocatoria de Mandato es un mecanismo de democracia directa que permite cesar anticipadamente las funciones de autoridades que carezcan de la legitimidad y la capacidad para gobernar (Art. 109 CPE)
— Agustín Burbano de Lara V. (@tinagus2000) May 21, 2022
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