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Ecuador

Declaración de Salud del Viajero y carnet de vacunación anticovid a mano: Lo que debes saber para ingresar a Ecuador y Galápagos

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Durante la medianoche del pasado domingo 27 de febrero de 2022 entraron en vigencia los lineamientos actualizados de entrada al Ecuador continental.

Así lo anunció el Ministerio de Turismo al exponer qué requisitos decidió la cartera de Salud Pública.

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Lineamientos específicos

Ingreso al Ecuador continental por fronteras aéreas

1. Toda persona que ingrese al Ecuador continental por vía aérea internacional deberá presentar de manera obligatoria la Declaración de Salud del Viajero de forma digital al embarcar a la aerolínea, está disponible en el siguiente link: https://declaracionsalud-viajero.msp.gob.ec/.

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2. Todo viajero mayor a 3 años deberá presentar de forma obligatoria el certificado de vacunación con código QR o carnet de vacunación contra el covid-19 válido con al menos 14 días de vigencia después de completar el esquema, o el resultado negativo de prueba cualitativa RT-PCR en tiempo real realizada hasta 72 horas previo al embarque al Ecuador.

3. Se exceptúa de la presentación de los requisitos sanitarios como carnet de vacunación o la prueba RT-PCR a las personas que serán repatriadas por cuestión humanitaria debido al conflicto armado entre Ucrania y Rusia.

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Así como también se exceptúa a los funcionarios que por misión oficial se encuentran trabajando en el área de conflicto, mismos que al llegar a territorio nacional deberán someterse a la realización de una prueba diagnóstico para el covid-19 de presentar resultado positivo deberá ingresar a aislamiento preventivo durante 10 días. Y se acogerán a los lineamientos establecidos por la autoridad sanitaria para este efecto.

4. Los pasajeros ecuatorianos que fueran declarados como INADMITIDOS en otros países y que regresan al Ecuador, no deberán presentar los requisitos antes mencionados, el Ministerio de Salud Pública realizará una prueba rápida de antígeno al momento de su arribo al país.

5.  Todos los pasajeros que arriban al Ecuador deben reportar al Ministerio de Salud Pública la presencia o ausencia de síntomas sugestivos del covid-19 en ellos mismos o en sus contactos directos con el personal del Ministerio de Salud Pública.

6. Todo pasajero que durante el vuelo o al momento del arribo al Ecuador presente síntomas relacionados al covid-19, (alza térmica, tos, malestar general, pérdida del olfato, pérdida del gusto, entre otros.) independientemente de contar con carnet de vacunación con esquema completo o del resultado de la prueba RT-PCR, será evaluado por el personal del Ministerio de Salud Pública, previo al ingreso al área de migración.

7. Si se determina que es un "caso sospechoso"  se procederá a la realización de una prueba rápida de antígeno (hisopado nasofaríngeo), de ser positiva, deberá realizar diez (10) días de aislamiento después de la fecha de toma de muestra en su domicilio o en cualquier sitio de alojamiento a libre elección y a costo del viajero.

Ingreso al Ecuador insular (provincia de Galápagos) por vía aérea

Toda persona, independientemente de su categoría migratoria, deberá cumplir con lo siguiente al ingresar a la provincia de Galápagos:
Turistas extranjeros, turistas nacionales y/o residentes en Galápagos:

1. Todo viajero que ingrese a Galápagos, de mayor a 3 años, deberá presentar de forma obligatoria el certificado de vacunación con código QR o carnet de vacunación contra el covid-19 válido con al menos 14 días de vigencia después de completar el esquema, o el resultado negativo de prueba cualitativa RT-PCR en tiempo real realizada hasta 72 horas previo al embarque a la provincia de Galápagos.

2. Adicional, para el ingreso de turistas nacionales o extranjeros se solicitará la tarjeta de control de tránsito emitido por el Consejo de Gobierno de Régimen Especial de Galápagos, eliminándose el salvoconducto gestionado por un operador turístico o por un alojamiento regulado por el Ministerio de Turismo (exceptuándose el salvoconducto para tour leader establecido en el artículo 12 del Reglamento de Guianza Turística para el Régimen Especial de la Provincia de Galápagos)."

Aclaratorias

La única prueba válida será la prueba RT-PCR en tiempo real. Por ningún motivo se aceptará otro tipo de pruebas ya sean de antígeno o de anticuerpos.

Toda persona que haya sido diagnosticada con covid-19 y que luego de un mes siga obteniendo un resultado positivo en la prueba RT-PCR, podrá presentar un certificado médico emitido en el país de origen que avale su estado de salud de no estar en fase de contagio para el ingreso al Ecuador, siempre y cuando, tenga ausencia de síntomas.

Para turistas nacionales: todas las pruebas para detección de covid-19 deberán ser realizadas en laboratorios autorizados como procesadores RT-PCR y toma de muestras para covid-19 por la Agencia de Aseguramiento de la Calidad de los Servicios de Salud y Medicina Prepagada – ACESS. (http://www.calidadsalud.gob.ec/laboratorios- autorizados/)

Para turistas extranjeros: las pruebas para la detección del coronavirus deberán ser realizadas en los laboratorios certificados de cada país de origen.

Se mantienen los lineamientos generales de bioseguridad

1. Mantener un distanciamiento físico de 2 metros.

2. Lavar las manos frecuentemente con agua y jabón por al menos 40 segundos.

3. Desinfectar las manos por al menos 20 segundos, con alcohol gel al 70%.

4. Usar obligatoria y correctamente la mascarilla.

5. Limpiar continuamente superficies de alto contacto.

6. Asegurar el recambio de aire en espacios cerrados o reducidos, de preferencia con ventilación natural.

7. Evitar participar en reuniones de más de 10 personas en sitios cerrados.

8. En el caso de ser necesario la reunión, debe ser con menos de 10 personas asegurando la ventilación del lugar. (I)

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