Ecuador
Reducir la velocidad, una de las claves para evitar accidentes en época de lluvia: AMT da recomendaciones vehiculares
La época de lluvia continúa y seguirá hasta abril o inicio de mayo, según el Instituto Nacional de Meteorología e Hidrología (Inamhi). Por eso, te brindamos algunas recomendaciones para las situaciones tras el volante. Durante esta época del año, los accidentes de tránsito son mayores, así que conduce con precaución y sigue estos tips de […]
La época de lluvia continúa y seguirá hasta abril o inicio de mayo, según el Instituto Nacional de Meteorología e Hidrología (Inamhi). Por eso, te brindamos algunas recomendaciones para las situaciones tras el volante.
Durante esta época del año, los accidentes de tránsito son mayores, así que conduce con precaución y sigue estos tips de la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT):
- Mantener el vehículo en buenas condiciones técnico-mecánicas: Recuerda tener en perfecto estado neumáticos, frenos y amortiguadores. Además, se recomienda conservar los cristales limpios con la activación del acondicionado para evitar que los vidrios se empañen.
- Mantener las luces del vehículo encendidas: Esto permitirá que el automóvil o motocicleta sea visto por el resto de los conductores.
- Evitar frenar ‘a raya’: En caso de presentarse dificultades, esta acción no es recomendable, ya que las carreteras están mojadas. Además, la humedad reduce la capacidad de adherencia de las llantas.
- El conductor debe mantener su atención en el camino: Conserve siempre sus dos manos sobre el volante, lo que le permitirá mayor maniobrabilidad y estabilidad frente a una situación de emergencia.
La lluvia disminuye la visibilidad y agrava las condiciones de la vía, por lo que es necesario bajar la velocidad y aumentar la distancia de seguridad con el resto de vehículos. En consecuencia, la AMT ejecuta la iniciativa 50 km es la Clave, antes, durante y después de la caída de lluvia.
Velocidad máxima en Ecuador
En Ecuador, exceder los límites de velocidad constituye una contravención de cuarta clase. El artículo 389 numeral 6 del Código Integral Penal (COIP) establece que se sancionará el exceso de velocidad con el 30% del Salario Básico Unificado. Asimismo, se determina una reducción de 6 puntos en la licencia de conducir.
El límite máximo de velocidad para vehículos livianos, motocicletas y similares en el sector urbano es de 50km/h y en la zona perimetral es de 90km/h. (I)
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