Fiscalía procesará por terrorismo a detenidos en caso TC Televisión
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Ecuador

La Fiscalía procesará por terrorismo a los detenidos por asalto armado a TC Televisión: ¿Se puede aplicar el rigor de la pena a menores de edad?

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Los trece aprehendidos por ingresar armados a las instalaciones de TC Televisión, en Guayaquil, serán procesados por terrorismo.

TC Televisión
Foto X: @FiscaliaEcuador.
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La Fiscalía General del Estado dio a conocer que los 13 individuos que ingresaron armados a las instalaciones de TC Televisión serán procesados por terrorismo. El hecho se registró pasadas las 14:00 del martes 9 de enero de 2024.

Los sujetos encapuchados irrumpieron en las instalaciones del canal, situado en el norte de Guayaquil, con armas y objetos explosivos. Llegaron hasta el estudio de noticias y retuvieron a periodistas, camarógrafos y operadores que estaban en el sitio. El violento suceso no dejó víctimas mortales.

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Sin embargo, intensificó el caos que ya se venía desarrollando en las últimas horas en el país. A partir de este hecho, comercios y empresas suspendieron sus actividades para evitar ser víctimas de saqueos y asaltos. Así mismo se paralizó el servicio en hospitales y transporte público.

Los aprehendidos tienen entre 15 y 25 años. Dos son menores de edad, uno tiene 15 y otro 17 años, indicó en rueda de prensa, el comandante de la Zona 8 de Policía, general Víctor Herrera Leiva. Entre los detenidos hay un ciudadano extranjero de nacionalidad venezolana.

Ataque a TC Televisión: ¿Se puede aplicar el rigor de la pena a menores de edad?

Ante esto, podría surgir la sobre si la pena es aplicable a menores de edad. Al revisar el Código de la Niñez y Adolescencia no se hallan referencias sobre la figura de terrorismo.

En tanto que, en el Código Orgánico Integral Penal (COIP), destaca el artículo 366. Este señala que el terrorismo se configura cuando la persona que individualmente o formando asociaciones armadas, provoque o mantenga en estado de terror a la población o a un sector de ella, mediante actos que pongan en peligro la vida, la integridad física o la libertad de las personas o pongan en peligro las edificaciones, medios de comunicación, transporte, valiéndose de medios capaces de causar estragos.

La pena privativa de libertad para este delito es de diez a trece años.

(I)

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