Ecuador
Impunidad entre los motivos de preocupación de la Fiscalía ante la aprobación de la Ley Violencia Digital y reforma al artículo 178 del COIP
El pasado jueves 6 de mayo, la Asamblea Nacional aprobó la Ley Violencia Digital con 107 votos. Esta autorización daría paso a la modificación del artículo 178 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Asimismo, aplica una pena de 1 a 3 años a la persona que grabe, revele, difunda o publique datos personales de terceros. […]
El pasado jueves 6 de mayo, la Asamblea Nacional aprobó la Ley Violencia Digital con 107 votos. Esta autorización daría paso a la modificación del artículo 178 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Asimismo, aplica una pena de 1 a 3 años a la persona que grabe, revele, difunda o publique datos personales de terceros.
Ante esta decisión, la Fiscalía General del Estado (FGE) dio la noche del 7 de mayo su preocupación al respeto de la reforma y la nueva ley. La intranquilidad del organismo fiscal radica en su efecto directo la lucha contra el crimen. "Al contener disposiciones reformatorias al COIP que mermarían las acciones penales que impulsa esta Institución", explica la entidad.
Las penas aplicadas al código causa un efecto negativo en las investigaciones penales que dirige la FGE, considera el organismo. Pues dicha Ley reforma el artículo 178 del COIP y elimina la excepción de la comisión del delito a la violación de la intimidad cuando una persona divulga grabaciones de audio y video en las que interviene personalmente, y cuando se trata de información pública. Esto de acuerdo con lo previsto en la Ley.
"Tomando en cuenta que muchas de las evidencias importantes se producen y obtienen mediante esta clase de excepciones, contempladas actualmente en la norma penal ecuatoriana", afirma la Fiscalía en su comunicado. Este sistema se aplica para la revelación de tramas de corrupción, delincuencia organizada y otros tipos penales.
Lucha de la corrupción e impunidad
En consecuencia, la entidad asevera que la Ley Violencia Digital elevaría el índice de impunidad pues dichas actuaciones se considerarían ilegales. Por ende, no podrían ser utilizadas como prueba en los juicios penales. Asimismo, afirma que respeta la importancia de la protección de sus derechos ciudadanos. Sin embargo, resalta que ninguna norma debería propender a garantizar la impunidad.
La Fiscalía concluye su pronunciamiento remarcando que el país atraviesa un combate a la corrupción y que por ello expresa su desacuerdo con la posible sanción a esta norma. Además, informó que en los próximos días -y en el marco de sus competencias-remitirá un informe técnico a la Presidencia de la República para un análisis de la reforma. (I)
#ATENCIÓN | #FiscalíaEc expresa públicamente su preocupación respecto a la aprobación, por parte de @AsambleaEcuador, de la #LeyViolenciaDigital, y su reforma al artículo 178 del COIP. Los motivos ⬇️ pic.twitter.com/ZOsDKc6Cen
— Fiscalía Ecuador (@FiscaliaEcuador) May 8, 2021
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