Corte declara constitucional reformas a la LOEI, pero no da paso a dos artículos
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Ecuador

Corte declara constitucional reformas a la LOEI, pero no da paso a los artículos sobre sueldos y jubilación de maestros

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Luego de más de un mes de protestas y huelgas de hambre por parte de los docentes del magisterio, la Corte Constitucional emitió un pronunciamiento sobre las reformas a la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI). Así la mañana de este jueves 12 de agosto de 2021, el máximo ente jurídico del país informó que […]

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Luego de más de un mes de protestas y huelgas de hambre por parte de los docentes del magisterio, la Corte Constitucional emitió un pronunciamiento sobre las reformas a la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI). Así la mañana de este jueves 12 de agosto de 2021, el máximo ente jurídico del país informó que desestimó las dos demandas a las reformas a esa Ley que fueron presentados ante la Corte. Con esto declara la constitucionalidad de las reformas, pero no da paso a reformas.

Estas son los más importantes de la LOEI y la razón por la que los maestros protestaban. Se trata de los artículos sobre el régimen de jubilación especial de los docentes del Sistema Nacional de Educación que permitía que se jubilen con un mínimo de 30 años de aportaciones al Seguro Social. Además fue declarado como inconstitucional el artículo que establece un sueldo mínimo de 1.000 a los docentes

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La Corte Constitucional ha dicho que en la elaboración de estas dos disposiciones se "incurrió en vicios de inconstitucionalidad formal" pues "no se consideró la sostenibilidad del IESS ni la factibilidad fiscal" para incluir estas reformas.

Para ello solicitó a la Asamblea Nacional que "subsane la omisión de deliberar sobre esas disposiciones con base en estudios actuariales actualizados y específicos". Y da un plazo de seis meses para elaborar estos documentos. Y luego, la Asamblea tendrá 30 días para deliberar y votar en dos debates los textos propuestos por la Comisión Legislativa en ratificación o sustitución de esos beneficios. Tras ello la reforma pasará al presidente de la República para su decisión.

Es decir, los maestros deberán esperar alrededor de siete meses para saber si aprueban o no esas reformas. “Hasta tanto, tales disposiciones no estarán vigentes por contener un vicio formal de inconstitucionalidad”, refiere el documento.

Además, la Corte deploró la actuación de los asambleístas del periodo anterior que aprobaron estas reformas así como al expresidente Lenín Moreno que remitió su publicación al Registro Oficial.

Aunque los maestros levantaron la huelga de hambre aún no han hecho un pronunciamiento oficial sobre el tema.

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REDACCIÓN

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