Ecuador
Consulado de España en Guayaquil modificará citas para visados debido a la resolución del COE Cantonal
El Consulado de España en Guayaquil restringe las citas presenciales en sus instalaciones, tras la resolución del Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional y Cantonal. La última resolución dispone mantener la modalidad de teletrabajo, en consecuencia, el Consulado trasladará las las próximas citas de visados reagrupación de familiares de ciudadanos UE a otras fechas. […]
El Consulado de España en Guayaquil restringe las citas presenciales en sus instalaciones, tras la resolución del Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional y Cantonal.
La última resolución dispone mantener la modalidad de teletrabajo, en consecuencia, el Consulado trasladará las las próximas citas de visados reagrupación de familiares de ciudadanos UE a otras fechas. La entidad notificará los cambios a través de los correos electrónicos registrados.
Asimismo, debido a las restricciones de aforo, para visados de familiares UE (residencia/reagrupación y estancia), se implementa sistema de citas a través de BLS. Los turnos en el Consulado de España en Guayaquil se solicitan por medio del siguiente contacto: [email protected].
#Atención el #COENacional y el #COECantonal de #Guayaquil acordaron ayer nuevas medidas para evitar la propagación del #Covid_19 Manténganse informados a través de canales oficiales @Riesgos_Ec @ECU911_ @alcaldiagye @cscgye pic.twitter.com/QWJfP3LzAy
— ConsEspañaGuayaquil (@ConEspGuayaquil) April 15, 2021
¿Quiénes pueden solicitar el visado visados de familiares UE ?
- El cónyuge, siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial, o divorcio. Además, el matrimonio no se haya celebrado en fraude de ley.
- La pareja con la que mantenga una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público español o europeo o aquella con la que el ciudadano UE mantenga una relación estable debidamente probada
- Ascendientes directos y los de su cónyuge o su pareja registrada, que dependan económicamente del ciudadano español o europeo.
- Otros miembros de la familia que en el momento de la solicitud acrediten de manera fehaciente que:
- Que, en el país de procedencia, estén a su cargo o vivan con el ciudadano UE.
- Que, por motivos graves de salud o de discapacidad, sea estrictamente necesario que el ciudadano UE se haga cargo del cuidado personal del miembro de la familia.
(I)
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