Estas son las sanciones por una falta electoral grave
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Ecuador

Sanciones, presunto delito de peculado y juicio político avizora el constitucionalista Benavides ante los últimos actos del presidente

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El domingo 5 de enero, a la par del inicio de campaña, el jefe de Estado se mostró en uno de los balcones de Carondelet a saludar a sus simpatizantes.

Daniel Noboa en Esmeraldas, este 20 de noviembre de 2024. Foto: Presidencia
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"Ese tipo de interpretaciones son un fraude a la democracia", alegó el abogado constitucionalista André Benavides ante la discusión sobre si el presidente Daniel Noboa tiene o no que pedir licencia electoral. Detalló que todo funcionario público que apuesta a una elección popular tiene que solicitar receso.

Afirmó que interpretar el artículo 93 del Código de la Democracia, que desglosa el tema, con una sentencia de la Corte Constitucional (CC) es "desnaturalizar" la reforma al organismo en 2020. Repitió que la CC es clara cuando menciona que lo único que no se computa es el tiempo de un servidor para reelección tras la muerte cruzada. Además, la intención de la norma era que existiera igualdad de condiciones entre los candidatos.

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Para Benavides, es indispensable tomar en cuenta el artículo 278 del Código que habla sobre las infracciones graves, las sanciones económicas, la destitución y suspensión de derechos políticos. Mencionó que el primer mandatario habría cometido una infracción electoral que deberá ser sancionada y sustanciada en el Tribunal Contencioso Electoral (TCE).

"Salió a Carondelet y se dirigió a sus simpatizantes, ya se cometió la primera infracción y entiendo que varios actores ya presentaron las denuncias al TCE", dijo Benavides en Teleamazonas.

El abogado también anticipó un presunto delito de peculado por el uso de bienes del Estado para la campaña. Explicó que, independientemente de la responsabilidad penal, eso responde a una de las causales de juicio político estipuladas en el artículo 159 de la Constitución. El magistrado apuntó que los errores que estaría cometiendo el primer mandatario responderían a una mala asesoría de parte de su gabinete.

"Son errores de niño. Primero, el sumario administrativo que fue dado de baja. Luego, la ley antipillos que la Corte rechazó. Ahora, el mal consejo de que no pida licencia y cometa estas infracciones", especificó el abogado.

El escenario en la Asamblea

Los legisladores del oficialismo apelarán la decisión de la Asamblea de "licenciarlos de oficio". Sin embargo, Benavides comentó que estos deben incurrir en el mismo camino que el presidente y solicitar la licencia electoral. Enfatizó que, al ser este el máximo órgano legislativo, tiene la facultad de disponer sobre los parlamentarios. Recalcó que la entidad hubiese cometido un error grave al intentar licenciar de oficio al presidente.

"Seamos claros, esos legisladores que no iban a pedir licencia, no se iban a aparecer en la Asamblea, pero iban a tener asesores y demás. Asimismo, los del CAL iban a tener carro y chofer", alertó Benavides.

Caso Abad

El constitucionalista explicó que, para que las autoridades afirmen que hay una ausencia temporal de la vicepresidenta Verónica Abad, deben ocurrir tres cosas:

  • Licencia por parte de la Asamblea Nacional.
  • Enfermedad.
  • Causa de fuerza mayor.

No obstante, ninguna de esas aristas se contempló en este lapso y el primer mandatario ya delegó a dos vicepresidentas alternas. Benavides también señaló que el error de Abad fue decir que asumiría la Presidencia por sus propios fueros y dar por hecho que Noboa pidió licencia.

"Que vaya o no a trabajar no se configura como ausencia temporal. Tal vez, después, podrán justificarla como abandono de cargo, pero por ahora, no. Lo único que hace es asentar las discordias entre ellos", finalizó el abogado.

(I)

 

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