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Ecuador

14 hombres fueron sentenciados por diferentes casos de abuso sexual a niñas en el mes de abril: La mayoría eran familiares de las víctimas

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Durante el mes de abril la Fiscalía de Ecuador logró que Tribunales sentenciaran a 14 hombres denunciados por el delito de abuso sexual a menores de edad, la mayoría de los casos fueron perpetrados por familiares, seguido por vecinos, padrastros y amigos cercanos. Las edades de las víctimas van desde los 2 hasta los 17 años.

El organismo cerró el mes de abril con el caso de Francisco de Jesús I., quien fue sentenciado por abusar sexualmente de su hijastra, de 17 años, en un hecho ocurrido en la residencia que compartían en Quito. El procesado aprovechó la salida de su esposa al trabajo para perpetrar la violación a la joven, indica la Fiscalía en su página web,

Uno de los casos que causó conmoción el pasado mes fue la violación de una niña de 2 años y 9 meses. La pequeña fue abusada por su primo, un adolescente de 16 años, cuando la pequeña le pidió a su madre permiso para jugar en casa de su tía que vivía al lado de su residencia. La Sala Multicompetente de la Corte de Orellana condenó al procesado a dos años de internamiento institucional y una medida socieducativa por ser menor de edad.

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Otras de las sentencias logradas por la Fiscalía en el mes de abril fue por el delito cometido por un adulto mayor, de 83 años,  identificado como Fausto R. T., quien se aprovechó de que conocía a su pequeña vecina, de 8 años, para llevarla a su departamento en el sector de la Yahuira, en Ambato, provincia de Tungurahua, para ‘regalarle unos mangos’. Tras demostrarse su responsabilidad por agresión sexual a la pequeña, recibió una condena de tres años.

Casos de violación en abril

Los casos de abuso sexual a menores durante abril se concentran en:

  • Familiares: 5 casos.
  • Vecinos: 4 casos.
  • Padrastros: 3 casos
  • Amigos cercanos: 3 casos.

La violación sigue siendo uno de los delitos más frecuentes en el país y ante el panorama, la Corte Constitucional de Ecuador, el pasado 28 de abril, dio luz verde para despenalizar el aborto por violación.

El abuso sexual está tipificado en el artículo 170 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y establece que "la persona que, en contra de la voluntad de otra, ejecute sobre ella o la obligue a ejecutar sobre sí misma u otra persona, un acto de naturaleza sexual, sin que exista penetración o acceso carnal, será sancionada con pena privativa de libertad”. (I)

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