¿Qué es el silencio electoral y qué está prohibido? Elecciones 2025
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Silencio electoral: lo que debes saber antes de las elecciones 2025

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Desde el 7 de febrero rigen restricciones para la propaganda política antes de las elecciones.

El silencio electoral inicia este viernes 7 de febrero en Ecuador. Foto: Internet
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A partir de las 23:59 del jueves 6 de febrero de 2025, inicia el periodo de silencio electoral en Ecuador, una fase establecida en el Código de la Democracia que se extiende hasta las 17:00 del domingo 9 de febrero, con el cierre de urnas. Durante este tiempo, las organizaciones políticas y la ciudadanía deben abstenerse de realizar actos de campaña o difusión de propaganda electoral.

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¿Qué está prohibido durante el silencio electoral?

El artículo 207 del Código de la Democracia prohíbe:

  • La difusión de propaganda electoral a través de radio, televisión, medios digitales, vallas publicitarias, prensa escrita u otros medios impresos.
  • La publicación de encuestas o sondeos que puedan influir en la decisión de los votantes.
  • La realización de concentraciones o cualquier otro evento de carácter político.
  • La difusión de información por parte de instituciones públicas que pueda incidir en la opinión del elector.
  • Las participación de los candidatos en eventos de inauguración de obras u otros financiados con fondos públicos.

¿Cuáles son las sanciones por incumplimiento?

El Consejo Nacional Electoral (CNE) tiene la facultad de ordenar la suspensión inmediata de cualquier contenido que infrinja el silencio electoral y declararlo como infracción electoral. Además, el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) puede imponer sanciones económicas que van desde los $235 (para quienes realicen propaganda en recintos electorales) hasta $1.410 (para quienes incumplan la normativa de manera más grave).

En el caso de los medios de comunicación, el incumplimiento puede acarrear multas de hasta $114.750 e incluso la suspensión de sus operaciones hasta por seis meses en caso de reincidencia.

¿Se aplica el silencio electoral en redes sociales?

Si bien el Código de la Democracia menciona a los “medios digitales” dentro de las restricciones, no incluye expresamente a las redes sociales. Por ello, en plataformas como Facebook, Instagram y TikTok, los candidatos pueden continuar promocionando sus campañas sin incurrir en sanciones, aunque el CNE ha manifestado su intención de regular este aspecto en futuros procesos electorales.

(I)

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