Comunidad
Reactivan la liberación de vehículos de los centros de retención de Quito, mira cuáles son los requisitos
Los más de 7 mil vehículos que siguen retenidos en los nueve Centros de Retención Vehicular, ubicados en Carapungo, La ‘Y’, Gualaquiza, Las Cuadras 1, Las Cuadras 2, Rumichaca, Bicentenario 1, Bicentenario 2 y Río Coca en Quito, ya pueden ser liberados. Desde este lunes 17 de enero se habilitó nuevamente la liberación de los […]
Los más de 7 mil vehículos que siguen retenidos en los nueve Centros de Retención Vehicular, ubicados en Carapungo, La ‘Y’, Gualaquiza, Las Cuadras 1, Las Cuadras 2, Rumichaca, Bicentenario 1, Bicentenario 2 y Río Coca en Quito, ya pueden ser liberados.
Desde este lunes 17 de enero se habilitó nuevamente la liberación de los automóviles que fueron retenidos luego de que los conductores incumplieran el Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se vieran involucrados en accidentes de tránsito o los detuvieran por conducir bajo los efectos del alcohol, refiere un boletín publicado por QuitoInforma.
Los trámites de liberación, que estaban suspendidos desde el 29 de diciembre debido al cierre de las recaudaciones de varias entidades del Estado, se pueden consultar a través de la página web www.amt.gob.ec.
Requisitos para la liberación de vehículos retenidos
La Agencia Metropolitana de Tránsito en su página web establece que los propietarios deben consignar los siguientes documentos:
- Documentos que acrediten propiedad del vehículo.
- Original de Matrícula del vehículo o Certificado Único Vehicular.
- Documento original de Cédula de Ciudadanía del propietario del vehículo.
- Original Orden de libertad autoridad competente (Juez o Fiscal)
- Original y copia de Orden Judicial en caso de ser necesaria.
- Parte informativo del Agente Civil de Tránsito (De ser el caso).
- Original y copia Pago de servicio de garaje (parqueadero).
- Pago de la matrícula al día (SRI, ANT y AMT).
- Pago de la totalidad de las multas generadas por cometimiento de contravenciones de tránsito que se registre en el sistema del organismo de tránsito competente (ANT, AMT).
- Original y copia Pago por concepto de permanencia del vehículo en el CRV por los días de servicio de garaje (parqueadero).
- Copia pago del servicio particular de grúa o plataforma auto cargable (de ser el caso).
Montos:
Valor diario de servicio de garaje
- Motocicleta $1,00.
- Vehículos liviano $3,00.
- Vehículo pesado $9,00.
- Vehículo Extra Pesado $15,00.
- Valor factura del servicio particular de grúa o plataforma auto cargable.
Requisitos por retención por Ordenanzas Metropolitanas
- Documentos que acrediten propiedad del vehículo:
- Original de Matrícula del vehículo o Certificado Único Vehicular.
- Documento original de Cédula de ciudanía del propietario del vehículo.
- Original y copia Pago de la sanción administrativa, la orden de pago debe ser generada en la página www.amt.gob.ec
- Copia Pago del servicio particular de grúa o plataforma auto cargable (de ser el caso).
Monto
- Valor de la sanción administrativa.
- Valor factura del servicio particular de grúa o plataforma auto cargable .
Los horarios de atención en los (CRV) son los siguientes:
COIP
Lunes a viernes desde las 08:00 a 16:30.
Ordenanzas Metropolitanas
Lunes a viernes desde las 08:00 a 22:00.
Sábados de 08:00 a 12:00.
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