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Municipio de Guayaquil advierte medidas legales por acusaciones ambientales de obra en Los Ceibos

David Norero citó el artículo 11, numeral 9 de la Constitución, que permite ejercer el derecho de repetición en caso de daños provocados por decisiones públicas injustificadas.

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El Municipio de Guayaquil rechazó, el 28 de julio de 2025, de forma categórica el proceso administrativo sancionador iniciado por la Prefectura del Guayas. También cuestionó la ratificación de la suspensión del paso elevado en la avenida del Bombero, en Los Ceibos.

Alcalde acusa decisión política

El burgomaestre Aquiles Alvarez respondió a la notificación desde su cuenta en X. Calificó la medida como una “decisión política” tomada por la prefecta Marcela Aguiñaga, a quien acusó de violar la Constitución. Recordó que fue la propia Prefectura la que otorgó los permisos iniciales para ejecutar la obra. “Hoy ha incurrido en una falta administrativa”, señaló.

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Cuestionamientos legales desde el Municipio

Durante una rueda de prensa, el coordinador legal del Municipio, David Norero, calificó la resolución de la Prefectura como “preocupante” y “sin sustento jurídico ni técnico”. Afirmó que no existen informes periciales ni estudios de laboratorio que respalden el inicio del proceso.

El abogado también argumentó que el procedimiento vulnera el Código Orgánico Administrativo (COA), al carecer de base objetiva. Además, acusó a la Prefectura de actuar por razones políticas. “Es la misma entidad que entregó el registro ambiental. No pueden decir ahora que fue un error”, dijo.

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Norero comparó el caso con obras anteriores construidas en la ciudad sin licencias ambientales, como los pasos elevados en las avenidas de Las Américas y Juan Tanca Marengo. “Solo contaban con certificados ambientales. Esta obra tiene un registro, que es un documento más completo”, aseguró.

Presentarán cargos y advierten consecuencias

La Alcaldía anunció que responderá en el plazo de 10 días que establece el procedimiento y advirtió que los responsables podrían enfrentar consecuencias administrativas. Norero citó el artículo 11, numeral 9 de la Constitución, que permite ejercer el derecho de repetición en caso de daños provocados por decisiones públicas injustificadas.

(I)

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