Sentencian a funcionaria de Fiscalía por manipular sus asistencias
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Funcionaria manipuló sistema biométrico de asistencia en Fiscalía de Imbabura para su beneficio: eliminó 300 registros

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Una funcionaria responsable de Talento Humano de la Fiscalía Provincial de Imbabura, quien tenía a su cargo la administración del sistema biométrico de asistencia, manipuló los datos informáticos con la finalidad de favorecerse en el registro del suyo y de esta manera evitar reportes de retraso a su nombre. La Fiscalía General del Estado informó […]

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La funcionaria de la Fiscalía Provincial de Imbabura se dedicaba a alterar sus registros de asistencia. Foto referencial: Fiscalía General del Estado
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Una funcionaria responsable de Talento Humano de la Fiscalía Provincial de Imbabura, quien tenía a su cargo la administración del sistema biométrico de asistencia, manipuló los datos informáticos con la finalidad de favorecerse en el registro del suyo y de esta manera evitar reportes de retraso a su nombre.

La Fiscalía General del Estado informó que, como parte de su política de cero tolerancia ante la corrupción, procesó a la funcionaria y, tras la audiencia de juicio, fue sentenciada a tres años de pena privativa de libertad por su participación en el delito de ataque a la integridad de sistemas informáticos.

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El artículo 232 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) sanciona este delito con pena privativa de libertad de tres a cinco años.

La investigación determinó que la funcionaria Marjuri A. abusaba de las funciones encomendadas para su beneficio, señala el órgano fiscal en un comunicado.

En la audiencia de juicio, la fiscal del caso comprobó la existencia de la infracción con los informes de las pericias practicadas a los equipos informáticos, que confirmaron la eliminación de alrededor de 300 registros; testimonios de otros funcionarios y de los agentes investigadores que participaron en la causa.

Suspensión condicional de la pena impuesta a la exfuncionaria de Fiscalía

Al final de la audiencia, la sentenciada solicitó la suspensión condicional de la pena impuesta. La petición fue aceptado por el Tribunal, que dispuso el cumplimiento de las condiciones dispuestas en el artículo 631 del COIP, es decir, residir en un lugar o domicilio determinado e informar cualquier cambio del mismo a la autoridad competente que establezca el juzgador.

Otras medidas dispuestas son la prohibición de salir del país sin previa autorización del Juez de Garantías Penitenciarias y cumplir con trabajos comunitarios.

Además, deberá hacer la publicación de disculpas públicas en el diario de mayor circulación de la provincia y en la página web de la Fiscalía.

También deberá presentarse periódicamente ante la autoridad designada por el juzgador y, en su caso, acreditar el cumplimiento de las condiciones impuestas. (I)

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