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Fiestas y reuniones están prohibidas: Durante el estado de excepción, la fuerza pública tiene la potestad de ingresar a las viviendas

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El colapso de hospitales por el aumento de casos positivos para COVID-19 hizo que las autoridades tomen estrictas medidas, entre ellas, dictar un estado de excepción en 16 provincias del país.

Por la vigencia de esta medida se limitan las facultades ciudadanas y se amplia la potestad de la fuerza pública.

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En este sentido, la fuerza pública puede ingresar a las viviendas y ejecutar el procedimiento respectivo si detectan reuniones sociales, fiestas clandestinas o alguna otra actividad que genere aglomeración, reseña El Universo.

“El alcance de la suspensión del ejercicio del derecho a la inviolabilidad del domicilio se aplicará únicamente durante los horarios de toque de queda, con la finalidad de controlar incidentes de aglomeraciones y fiestas clandestinas en propiedad privada”, se cita en el artículo 13 del Decreto Ejecutivo 1291.

Las reuniones y fiestas estarían entre las principales causas de propagación del COVID-19. (I)

 

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