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Ecuador

Trámites en el SRI se mantienen suspendidos, las nuevas fechas de los trámites en línea

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En el Servicio de Rentas Internas (SRI) permanecen suspendidos los trámites en línea desde el 24 de diciembre. La medida se toma de forma temporal debido a una migración de datos a una nueva plataforma tecnológica, reseña Diario El Comercio.

La suspensión se mantendrá el 2 de enero del 2021. Para evitar multas o recargos debido al no cumplimiento en la fecha de las obligaciones previstas en esos ocho días, el SRI emitió una resolución con las nuevas fechas para cumplir con los trámites en línea.

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El SRI recordó también a los contribuyentes que sus agencias a escala nacional permanecerán habilitadas, a fin de garantizar la adecuada atención a los contribuyentes, así como la continuidad en la gestión institucional.

Nuevas fechas para trámites

Declaración y pago de impuestos para contribuyentes

Por única vez se amplía el plazo para la presentación de declaraciones, anexos e informes tributarios y/o el pago de tributos correspondientes a tales declaraciones, entre los trámites del SRI.

El dígito 8, cuya fecha original de vencimiento era el 24 de diciembre de 2020, tendrá como nueva fecha de declaración y pago el 5 de enero de 2021. Mientras que para los dígitos 9 y 0, que se pagaban el 28 de diciembre, tendrán como fecha tope, el 6 y 7 de enero, respectivamente.

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Por otro lado las obligaciones, cuyo plazo de declaración y su respectivo pago no se atribuya al noveno dígito del RUC y su vencimiento corresponda entre el 24 de diciembre de 2020 y el 1 de enero de 2021, podrán cumplirse hasta el martes 5 de enero de 2021, detalla Diario El Comercio.

Además, se suspenden los plazos y términos de todos los procesos administrativos tributarios y los plazos de prescripción de la acción de cobro, desde el 24 de diciembre de 2020 hasta el 1 de enero de 2021, inclusive.

  • Régimen Impositivo Simplificado (RISE): Podrán pagar las cuotas correspondientes a diciembre de 2020, cuyos vencimientos correspondan a los días 24 y 28 de diciembre, hasta el lunes 11 de enero de 2021.

Cancelación de cuotas de convenios de pago:El SRI realizará los débitos y aceptará su pago hasta el 4 de enero de 2021. Será en los  casos cuyo vencimiento esté comprendido entre el 24 de diciembre de 2020 y el 1 de enero de 2021.

Comprobantes y factureros

Los contribuyentes que emitan comprobantes electrónicos entre el 24 de diciembre de 2020 y el 1 de enero de 2021, entre el 2 y el 7 enero de 2021 podrán transmitirlos de forma digital al SRI.

  • Nuevos factureros​: Quienes al 16 de diciembre de 2021 estimen no contar con comprobantes vigentes desde el 24 de diciembre de 2020. Si es por caducidad o terminación, son responsables de solicitar hasta el 23 de diciembre la autorización para emitirlos.

Los comprobantes de venta, retención y/o documentos complementarios preimpresos que caduquen entre el 24 de diciembre de 2020 y el 1 de enero de 2021, podrán ser emitidos válidamente hasta el 2 de enero de 2021. Además, los contribuyentes deberán obtener nuevos comprobantes desde el 2 de enero y sustituir los emitidos, hasta el 5 de enero de 2021.

El SRI recordó a a los contribuyentes que sus agencias a escala nacional permanecerán habilitadas, así como la continuidad en la gestión institucional. (I)

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