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Ecuador

Se reduce el IVA al 8 % para el feriado: nueve servicios turísticos se benefician

El beneficio regirá el sábado 8, domingo 9 y lunes 10 de agosto, con el objetivo de reactivar el turismo interno.

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El presidente Daniel Noboa firmó el Decreto Ejecutivo 465, que reduce temporalmente del 15 % al 8 % la tarifa del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para los servicios turísticos durante el feriado del 10 de Agosto. La medida se aplicará los tres días del feriado: sábado 8, domingo 9 y lunes 10 de agosto de 2026.

La rebaja alcanza únicamente a las actividades reconocidas como turísticas por la Ley de Turismo: alojamiento; alimentos y bebidas; transporte turístico, incluidos los pasajes aéreos; guianza turística; organización de eventos, congresos y ferias; centros de convenciones y salas de recepciones; centros de turismo comunitario; parques temáticos y atracciones estables; y balnearios, termas y centros de recreación. Los negocios que ofrezcan estos servicios deberán emitir sus comprobantes de venta con la tarifa del 8 % durante esas tres jornadas.

El Ejecutivo sostiene que la medida busca incentivar los viajes dentro del país, aumentar el consumo en establecimientos turísticos y apoyar la recuperación del sector.

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El Servicio de Rentas Internas (SRI) será el encargado de aplicar la reducción, en coordinación con el Ministerio de Producción, Comercio Exterior e Inversiones. El decreto cuenta con el dictamen favorable del Ministerio de Economía y Finanzas, emitido el 27 de julio, requisito que exige la Ley de Régimen Tributario Interno para modificar temporalmente el IVA en feriados de promoción turística.

(I)

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