Ecuador
Corte Constitucional inadmite acciones a favor de Verónica Abad por los siguientes argumentos
La Asamblea solicitó una aclaración sobre el significado y alcance de cuatro normas constitucionales, mientras que otros grupos impugnaron la designación de Sariha Moya.
La Corte Constitucional desestimó las acciones de inconstitucionalidad contra el Decreto Ejecutivo 457, que nombró a Sariha Moya Angulo como vicepresidenta encargada en sustitución de Verónica Abad. El tribunal concluyó que dicho decreto no corresponde a un tipo de acto que pueda ser impugnado a través de este mecanismo
Contexto de la situación
El presidente Daniel Noboa nombró a Sariha Moya como vicepresidenta encargada, tres días después de que el Ministerio de Trabajo suspendiera a Verónica Abad por 150 días, alegando "abandono injustificado del trabajo por tres o más días laborales".
En cuanto a una consulta realizada por la Asamblea, la Corte estableció que los artículos constitucionales relativos a la Vicepresidencia son claros y no requieren interpretación adicional. Respecto al caso de Abad, la Corte aún debe pronunciarse sobre una consulta presentada por la Corte de Justicia de Pichincha, en la que Abad busca anular el sumario administrativo que condujo a su suspensión, en medio de su conflicto con el presidente Noboa.
La ministra de Trabajo, Ivonne Núñez, dio a conocer que participará personalmente en la acción de protección presentada por Verónica Abad. Señaló que, por parte de esa cartera de Estado, no se solicitó diferimiento. La magistrada a cargo de la causa convocó la diligencia para… pic.twitter.com/kfAHTYKpMa
— TC Televisión (@tctelevision) December 6, 2024
Resolución de la Corte
- Las acciones públicas de inconstitucionalidad 84-24-IN, 85-24-IN y 86-24-IN, que fueron presentadas en contra del Decreto Ejecutivo 457, el cual designó a Sariha Moya Angulo como vicepresidenta de la República, fueron inadmitidas. La Corte concluyó que el decreto impugnado no es el tipo de acto que puede ser cuestionado a través de esta vía.
- El Caso 2-24-IC, una acción de interpretación presentada por la Asamblea Nacional sobre los artículos 146 (última parte de su primer inciso), 149 (primer inciso), 150 (segundo inciso) y 154 (número 1) de la Constitución, que tratan principalmente sobre la ausencia temporal del presidente y del vicepresidente de la República, fue aceptado a trámite por mayoría de votos de la Sala.
El 3 de diciembre, la Corte recibió el caso 20-24-CN, en el cual la Sala Especializada Penal para el Juzgamiento de Delitos Relacionados con Corrupción y Crimen Organizado de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha solicitó una interpretación sobre la constitucionalidad de los artículos 2, 4, 54 y 56 del acuerdo ministerial MDT-2024-175, que regula el Procedimiento de Sumario Administrativo. Este caso está relacionado con una acción de protección presentada por Verónica Abad y se encuentra actualmente en la fase de admisión para su tramitación.
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— Corte Constitucional (@CorteConstEcu) December 6, 2024
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