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Ecuador

Las 5 claves del proyecto de reforma tributaria que envió el Gobierno a la Asamblea y con el que espera recaudar "más de 1.900 millones de dólares"

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El presidente Guillermo Lasso envió este jueves 28 de octubre a la Asamblea Nacional el proyecto de Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia Covid-19. La reforma tributaria que, según indica un comunicado, "ha sido elaborado recogiendo las sugerencias de varios sectores sociales y políticos del país".

Señala el documento que la reforma legal enviada "cumple con los principios de progresividad y justicia tributaria". Se espera que, con su aprobación, se logre recaudar más de 1900 millones de dólares en los dos primeros años de su vigencia.

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¿Qué establece el proyecto de reforma tributaria?

  1. El 96,6% de la población económicamente activa no se verá afectada con esta Ley, indica el comunicado.  "El principal esfuerzo recaerá en quienes ganan más de 5000 dólares al mes, tienen patrimonio mayor a un millón y las mayores empresas del país".
  2. Refiere que quienes ganan entre 2.000 y 5000 dólares mensuales "harán un pequeño aporte, proporcional a su nivel ingreso".
  3. Se definió en la nueva propuesta que las personas naturales que tengan un patrimonio superior a 1 millón de dólares (o de 2 millones de dólares en sociedad conyugal) realicen, por única vez, una contribución temporal. "Estos contribuyentes tendrán la opción de deducirse hasta USD 200 000 por su primera vivienda o tierras agrícolas improductivas".
  4. También se fijó que, solo por dos años, las más grandes y solventes empresas del país, con un patrimonio mayor a 5 millones, hagan una contribución solidaria del 0,8%.
  5. En el proyecto de reforma presentado "se ratifica el compromiso con la transición ecológica y se mantendrá el 0% del IVA para los autos eléctricos e híbridos y paneles solares".

El proyecto de Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal clasifica a aquellos ecuatorianos con negocios relevantes en el país como residentes fiscales para que tributen. (I)

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