Entre las disposiciones consta que el Ministerio de Defensa debe pagar indemnizaciones por daño inmaterial a los familiares de las víctimas. La medida establece el pago de $ 10.000 para los padres de cada menor y $ 5.000 de forma global por núcleo familiar.
Los jueces constitucionales determinaron que las autoridades judiciales vulneraron el derecho al debido proceso en la garantía de la motivación, "al no analizar de manera integral la detención denunciada ni responder a las pretensiones relevantes planteadas por los accionantes", por lo que dejaron sin efecto el fallo de apelación.
Además, concluyeron que los menores fueron privados de la libertad de forma ilegal, arbitraria e ilegítima por patrullas militares y que el Estado no proporcionó información inmediata, satisfactoria ni convincente sobre su aprehensión ni sobre su paradero.
Finalmente, la Corte ordenó que las entidades encargadas del Bloque de Seguridad elaboren un reglamento que regule los mecanismos de coordinación y subordinación de las Fuerzas Armadas a la Policía en casos de aprehensión, especialmente cuando se trate de niños, niñas y adolescentes.
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