Mario Godoy se defendió ante la Comisión de Fiscalización
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Ecuador

Mario Godoy presentó su defensa ante la Comisión de Fiscalización: ¿De qué se lo acusa en el juicio político?

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El juicio político continuará durante la sesión de este lunes, 9 de febrero de 2026, según la agenda de la Asamblea Nacional.

Mario Godoy presentó su defensa durante su juicio político. Foto: tomada de @AsambleaEcuador
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El presidente del Consejo de la Judicatura, Mario Godoy, presentó las pruebas de descargo ante la Comisión de Fiscalización y solicitó que se archive el caso. El hecho se desarrolló durante la tarde del domingo, 8 de febrero de 2026.

El juicio es impulsado por asambleístas de la RC, quienes afirman que Godoy incumplió sus funciones en la Judicatura.

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El presidente enfrenta cuatro acusaciones, entre ellas interferencia en los procesos judiciales, un supuesto conflicto de intereses, omisión en la protección de los jueces y encubrimiento institucional a Henry Gaibor, uno de los involucrados en un supuesto audio intimidatorio.

Mario Godoy presentó su defensa ante la Comisión y manifestó que en el caso de la jueza Vera, la acusación fue oportunamente desmentida.

Sobre el caso de Carlos Serrano, afirmó que no tuvo conocimiento, ni antes ni después, de las supuestas llamadas telefónicas y recalcó que el juez no presentó ninguna queja disciplinaria al Consejo de la Judicatura mientras se desarrollaban los hechos.

En el marco de conflicto de interés, se lo acusa de no actuar pese a que su esposa defendió a un procesado en el caso Euro 2024. Godoy sostiene que la acusación es débil porque no existe una norma específica que considere esa situación como una infracción.

Omisión en la protección de jueces

En este hecho se acusa a Godoy de una omisión en torno a garantizar la seguridad del juez Serrano, quien sufrió varias amenazas.

Por su parte argumenta que la Judicatura no es un organismo de seguridad y que la protección corresponde al Ministerio del Interior.

Finalmente, el presidente del CJ solicitó el archivo del proceso en su contra, al sostener que no se ha configurado ningún incumplimiento de funciones ni se han presentado elementos fácticos o jurídicos que justifiquen el enjuiciamiento.

(I)

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