Marco legal para Alianzas Público Privadas fue reformado por el Gobierno
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Ecuador: Marco legal para Alianzas Público Privadas fue reformado por el Gobierno

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Mediante decreto Ejecutivo, el Gobierno enmendó  el reglamento de la Ley de Alianzas Público Privadas. Con estos cambios, el Gobierno busca cumplir con las recomendaciones del Fondo Monetario Internacional (FMI) y del Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Publicidad Según el portal Primicias, la finalidad es tener un marco legal que cumpla con estándares internacionales.  Las […]

Obreros trabajan en obras viales. Foto de archivo.
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Mediante decreto Ejecutivo, el Gobierno enmendó  el reglamento de la Ley de Alianzas Público Privadas.

Con estos cambios, el Gobierno busca cumplir con las recomendaciones del Fondo Monetario Internacional (FMI) y del Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

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Según el portal Primicias, la finalidad es tener un marco legal que cumpla con estándares internacionales. 

Las Alianzas tienen como propósito final atraer inversión privada para desarrollar la obra pública. Esto se da en medio de una crisis fiscal que no le deja espacio al Gobierno para invertir en proyectos de infraestructura.

Debido a que los inversionistas privados están cautos frente a la incertidumbre política que generan las elecciones presidenciales y legislativas de febrero de 2021, es posible que el resultado no sea inmediato en términos de aumento de la inversión.

Los cambios al reglamento se enfocan en la transparencia, la sostenibilidad fiscal y una mayor participación del sector privado. Estos han abierto la puerta para que el BID se apreste a desembolsar un crédito de apoyo presupuestario de 150 millones de dólares.

Cambios

La reforma fomenta la competitividad de los actores privados, para garantizar la transparencia en los proyectos de Alianzas Público Privadas:

En cuando a la sostenibilidad fiscal, se establece que desde un inicio exista un registro responsable. Esto significa, una evaluación de riesgos; además una certificación de los compromisos fiscales que se asuman en las Alianzas Público Privadas. Para ello, se creará una Unidad de Sostenibilidad y Riesgos Fiscales.

Además, se suma una regla: el valor total acumulado de las obligaciones que la administración pública puede asumir con el programa de proyectos de Alianzas Público Privadas. Este no podrá ser superior al 5 % del valor nominal del PIB.

Diversificación de proyectos

La diversificación de proyectos en los que podrá participar el sector privado es otra de las modificaciones. Esto quiere decir que además de la construcción de las obras de infraestructura, las empresas también podrán asumir la operación y el mantenimiento de las mismas.

Una opción dentro de las Alianzas Público Privadas es la monetización de activos. En el artículo 20 de la reforma se fomenta la iniciativa privada, al plantear que los proyectos de las Alianzas Público Privadas también sean propuestos por las empresas y serán adjudicados por concurso.

Otro de los puntos es que el Comité de Alianzas Público Privadas será el encargado de conceder de forma parcial o total los beneficios tributarios establecidos en la Ley.

Beneficios tributarios

Para Pablo Beltrán, profesor de Economía de la Universidad San Francisco de Quito (USFQ), uno de los beneficios tributarios debe ser "la exoneración del impuesto a la salida de divisas (ISD), que es un desincentivo para la inversión extranjera".

Para Francisco González, coordinador jurídico de la Cámara de Comercio de Quito (CCQ), "la inyección de recursos en obras públicas desde el ámbito privado históricamente ha sido difícil por la falta de seguridad jurídica".

Según el Global Infrastructure Outlook, hasta 2040 Ecuador necesita una inversión privada de 135.000 millones de dólares para sacar adelante proyectos de infraestructura a pequeña y gran escala en siete sectores.  (I)

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REDACCIÓN

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