Núñez comentó que Abad no está inhabilitada de sus funciones
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Ecuador

"No le tengo miedo al juicio político ni a la verdad", dice ministra de Trabajo luego de la sanción a Abad

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Según Núñez, la segunda mandataria tenía la posibilidad de presentar pruebas de descargo durante el proceso administrativo, pero la funcionaria y su defensa se negaron.

Ministra de Trabajo, Ivonne Núñez, en rueda de prensa en el Gobierno Nacional. Foto: Ministerio de Trabajo
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Luego de la suspensión de 150 días a la vicepresidenta Verónica Abad y el cuestionamiento de varios abogados constitucionalistas, la ministra de Trabajo, Ivonne Núñez, insistió en que esa resolución es legal.

Esta medida, abrió paso a dos escenarios. Por un lado, que la titular de la cartera de Estado se someta a un juicio político en la Asamblea Nacional. Por otro, que la Fiscalía General del Estado (FGE) la investigue por el delito de arrogación de funciones. Sin embargo, Núñez insistió en que la institución no extralimitó sus actividades. Apuntó que la entidad cumplió con una sentencia constitucional.

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Ante un eventual juicio político, la ministra enfatizó que no le tiene miedo al proceso. Aludió que desde que aceptó el cargo, sabía los riesgos y acciones a las que se enfrentaría.

“No le temo a la verdad y menos en un país donde se vive una realidad política de confrontación a diario. Tenemos que enfrentarnos a la narco-política”, justificó en Así Amaneció/ Radio City.

“No se vulneró ningún derecho”

Según la funcionaria, Abad ya presentó una acción de protección con medidas cautelares. No obstante, la jueza que conoció la causa determinó que el mecanismo no era procedente y falló en contra de la vicepresidenta. Además, la misma magistrada estableció que el Ministerio de Trabajo si era competente para analizar la situación de la segunda jefa de Estado.

“Todo el proceso tiene como sustento la norma previa de la LOSEP, que está vigente desde 2010. Si no hubiésemos aceptado el dictamen de la jueza, sí estaríamos cayendo en una infracción”, expresó Núñez.

Para Núñez, los derechos de Abad no fueron vulnerados porque no está inhabilitada de sus funciones ni tiene prohibición para participar en una elección popular. Explicó que en el caso de Abad se discutían dos puntos. Uno, comprobar si la segunda mandataria era una servidora pública. Dos, si el Ministerio de Trabajo tenía la autoridad sancionatoria en el caso. Resaltó que el Ministerio no tiene la facultad para destituirla, pero sí para sancionarla por el incumplimiento a sus funciones.

“El sumario administrativo siguió el debido proceso que determinó la jueza constitucional. Las dos causales se confirmaron. En la primera, participó el Procurador General del Estado y, en el segundo, tomó parte la jueza”, refirió.

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