Ecuador
¿Cuáles son los días de descanso obligatorio por los feriados de Navidad y fin de año? Tome en cuenta su remuneración si debe laborar
El país está a las puertas de dos feriados nacionales. A pocos días que termine el 2020, las empresas se alistan a finalizar las actividades de este año irregular.
Tras la celebración de la Nochebuena del jueves 24 de diciembre, el último feriado del 2020 se desarrollará desde el viernes 25 (día de Navidad), sábado 26 y domingo 27 de diciembre.
Por otro lado, durante la próxima semana será el primer feriado del año 2021, con el asueto del año nuevo, el viernes 1 de enero, que se une al fin de semana del sábado 2 y domingo 3, informó Diario El Universo. El 25 de diciembre y 1 de enero de cada año son días de descanso obligatorio tanto en el sector público como privado, de acuerdo a la Ley del Servicio Público y el Código de Trabajo. Sin embargo, hay sectores que no pueden interrumpir actividades, por los cuales esos días se labora.
Las industrias o labores del sector privado que por su naturaleza o condición no pueden interrumpir sus actividades durante estos días deberán asignar otro tiempo de descanso igual de la semana para el descanso.
Aquello está establecido en la Ley de Feriados, en su disposición general tercera. Para ello debe existir un acuerdo entre el empleador y el trabajador. Otra opción es pagar la remuneración con el recargo por horas extraordinarias. Los días sábados, domingos o de descanso obligatorio deben ser pagados con el 100 % de recargo al tratarse de horas extraordinarias, de acuerdo al Código del Trabajo y la Ley del Servicio Público.
Para calcular el monto que se debe pagar durante la jornada del 25 de diciembre y 1 de enero, se debe dividir su sueldo para 30 (los días dentro de un mes). El resultado de esta operación dividirlo para la duración de la jornada (ocho horas) así tendrá lo que gana por hora. Ese valor debe multiplicarlo por 2.
Como ejemplo, si un trabajador tiene un sueldo de 400 dólares, diariamente gana 13,33 dólares (400/30). Ese resultado divida para 8 dando como resultado 1,66 dólares la hora trabajada en el mes. Sin embargo, si labora el 25 diciembre, el valor por hora para ese día será de 3,33 dólares. Debido a la pandemia, Ecuador vivió un confinamiento que desde el 14 de septiembre se ha relajado para volver a una reactivación en la mayoría de negocios. Se mantiene el teletrabajo como primera opción, principalmente en niveles en que no se requiere presencia física. (I)
Días de descanso obligatorio
¿Qué opciones hay para compensar?
¿Cómo calcular el pago?