Días de licencia por matrimonio a empleados públicos en Ecuador
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Cuántos días de licencia otorga la ley laboral de Ecuador a los empleados públicos que contraigan matrimonio

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Contraer matrimonio es un evento crucial en la vida de muchas personas y el momento no pasa desapercibido para la legislación laboral del Ecuador. Esta misma otorga un beneficio de días libres al trabajador o trabajadora público que se embarque en esta aventura de vida. Sin embargo, hay ciertas consideraciones que deben ser tomadas en […]

El artículo 27 de la Losep es específica para los empleados públicos. Foto: Pixabay (referencial).
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Contraer matrimonio es un evento crucial en la vida de muchas personas y el momento no pasa desapercibido para la legislación laboral del Ecuador. Esta misma otorga un beneficio de días libres al trabajador o trabajadora público que se embarque en esta aventura de vida. Sin embargo, hay ciertas consideraciones que deben ser tomadas en cuenta. Y que además, son especificadas en el artículo 27 de la Ley Orgánica de Servicios Públicos.

El apartado legislativo indica que todo servidor o servidora pública tiene derecho a tres días libres por matrimonio. Asimismo, indican que estos días de licencia son remunerados. Es decir, que no deben ser descontados del salario básico mensual del trabajador o trabajadora.

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El artículo en cuestión se refiere directamente a quienes prestan servicio laboral a una institución pública del estado. Sin embargo, empresas privadas podría incluir dentro de sus políticas este beneficio, según lo publica el portal Top Trabajos. De igual forma es un beneficio que varía según el empleador.

¿Tengo que avisarle antes al patrono? Se preguntarán. La Losep no establece ningún lapso específico. No obstante, para mantener la armonía en el clima laboral, se recomienda solicitar la licencia con previo aviso, cómo mínimo, de un mes. De esta manera, la empresa o institución podrá organizar su agenda para cubrir las tareas del trabajador que se ausentará por estos tres días.

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