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Ecuador

¿De cuánto es la multa por no presentarse a sufragar y cuál es el proceso para pagarla? El CNE aclaró que los ecuatorianos que se encuentren fuera del país están exonerados

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Una nueva jornada electoral, correspondiente a la segunda vuelta de las elecciones anticipadas, se realizará este domingo 15 de octubre. Los ecuatorianos deberán acudir nuevamente a las urnas para elegir al próximo presidente de la República, entre Luisa González (RC) y Daniel Noboa (ADN).

Alrededor de 13 millones de ecuatorianos están habilitados para votar. El voto es obligatorio para los mayores de edad, mientras que para los adolescentes de 16 y 17 años, y los adultos mayores de 65 años, el sufragio es facultativo.

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Los ciudadanos que estén obligados a votar y no acudan a ejercer su derecho en el recinto electoral designado, deberán pagar una multa económica. Esta sanción representa el 10 % del salario básico unificado (SBU), es decir, $ 45.

Sin embargo, el CNE informó que exonerará de la multa a los ciudadanos empadronados en el Ecuador que se encuentren fuera del territorio nacional el domingo 15 de octubre. Para justificar su ausencia deberán presentar en las Delegaciones Provinciales Electorales los documentos como la copia del pasaporte o registro migratorio.

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¿Cuál es el proceso que deben seguir las personas que no votaron y deben pagar la multa?

  • Acudir a la Delegación Provincial Electoral más cercana (lunes a viernes, de 08:30 a 16:30).
  • Acercarse a la ventanilla de la Secretaría General y presentar su cédula de identidad o pasaporte, junto con el pago de la multa ($45).
  • Luego recibirá el certificado de votación, que es un requisito obligatorio para los trámites en las instituciones del Estado.

(I)

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