Ecuador
Así responde la Corte Constitucional sobre la prohibición de celulares durante elecciones dispuesta por el CNE
El análisis se realizó durante la sesión extraordinaria de este 2 de abril de 2025.
La Corte Constitucional de Ecuador (CC) resolvió la demanda de inconstitucionalidad sobre la resolución del Consejo Nacional Electoral (CNE) en cuanto al uso de celulares durante las elecciones.
En su fallo, el organismo condicionó la constitucionalidad de la primera frase del artículo 1 de dicha medida y estableció parámetros específicos para su aplicación.
De acuerdo con el boletín del ente, tras un análisis se dictaminó que la resolución cumple con los preceptos constitucionales. Por ende, "no debe entenderse como un requisito ni como una condición adicional para ejercer el derecho al voto, ni constituir un obstáculo para que el sufragio se ejerza de manera libre y secreta."
#BoletínCC | Este Organismo resolvió el Caso 23-25-IN, sobre la "prohibición del uso de dispositivos móviles, eléctricos y/o electrónicos a los electores durante el acto del sufragio en las Juntas Receptoras del Voto”.
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— Corte Constitucional (@CorteConstEcu) April 3, 2025
En cuanto a los parámetros de la CC:
- No afectar el derecho a la propiedad de los electores sobre tales dispositivos.
- Los hipotéticos efectos sancionatorios deben observar los principios constitucionales de legalidad, reserva de ley, proporcionalidad y el derecho al debido proceso; y,
- La difusión oportuna y adecuada a todos los inscritos en el registro electoral.
(I)
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