Consulado de España en Guayaquil modificará citas para visados
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Ecuador

Consulado de España en Guayaquil modificará citas para visados debido a la resolución del COE Cantonal

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El Consulado de España en Guayaquil restringe las citas presenciales en sus instalaciones, tras la resolución del Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional y Cantonal. La última resolución dispone mantener la modalidad de teletrabajo, en consecuencia, el Consulado trasladará las las próximas citas de visados reagrupación de familiares de ciudadanos UE a otras fechas. […]

Foto referencial: Pixabay / M W
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El Consulado de España en Guayaquil restringe las citas presenciales en sus instalaciones, tras la resolución del Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional y Cantonal.

La última resolución dispone mantener la modalidad de teletrabajo, en consecuencia, el Consulado trasladará las las próximas citas de visados reagrupación de familiares de ciudadanos UE a otras fechas. La entidad notificará los cambios a través de los correos electrónicos registrados. 

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Asimismo, debido a las restricciones de aforo, para visados de familiares UE (residencia/reagrupación y estancia), se implementa sistema de citas a través de BLS. Los turnos en el Consulado de España en Guayaquil se solicitan por medio del siguiente contacto: [email protected].

¿Quiénes  pueden solicitar el visado visados de familiares UE ?

Pueden solicitar este visado los siguientes familiares de un ciudadano español o europeo, que viajen o vayan a reunirse con él en España:
  • El cónyuge, siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial, o divorcio. Además, el matrimonio no se haya celebrado en fraude de ley.
  • La pareja con la que mantenga una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público español o europeo  o aquella con la que el ciudadano UE mantenga una relación estable debidamente probada
  •  Ascendientes directos y los de su cónyuge o su pareja registrada, que dependan económicamente del ciudadano español o europeo.
  • Otros miembros de la familia que en el momento de la solicitud acrediten de manera fehaciente que:
    • Que, en el país de procedencia, estén a su cargo o vivan con el ciudadano UE.
    • Que, por motivos graves de salud o de discapacidad, sea estrictamente necesario que el ciudadano UE se haga cargo del cuidado personal del miembro de la familia.

(I)

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