¿Qué restricciones de movilidad regirán al país desde el 19 de enero?
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Ecuador

COE emite nuevas medidas: ¿Qué restricciones de movilidad regirán al país desde el 19 de enero?

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El Comité de Operaciones de Emergencia (COE) nacional dio a conocer nuevas restricciones que regirán durante el nuevo estado de excepción. Las medidas son complementarias a las dispuestas en el decreto del 21 de diciembre de 2020 y regirán hasta el 19 de enero de 2021, reseña el portal Primicias.  Uno de las principales novedades […]

Foto: EL UNIVERSO
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El Comité de Operaciones de Emergencia (COE) nacional dio a conocer nuevas restricciones que regirán durante el nuevo estado de excepción. Las medidas son complementarias a las dispuestas en el decreto del 21 de diciembre de 2020 y regirán hasta el 19 de enero de 2021, reseña el portal Primicias

Uno de las principales novedades tiene que ver con los salvoconductos. El director del ECU-911, Juan Zapata, dijo que no se emitirán estos documentos durante el estado de excepción. Por otro lado, los salvoconductos emitidos por el Municipio de Quito quedarán sin validez. Solo podrán circular los autos que sean parte de las excepciones.

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Respecto a la movilidad de los autos particulares, no habrá cambios. La metodología se mantiene:

  • Lunes, miércoles y viernes: circularán autos con placas impares.
  • Martes jueves y sábado: transitarán vehículos con placas pares.

El domingo 27 de diciembre de 2020 podrán circular autos con placa impar. El domingo 3 de enero de 2021 pueden transitar autos con placa par.

Por otro lado, el ministro de Trabajo, Andrés Isch, dispuso que los trabajadores de la función ejecutiva, cuyo trabajo no requiera presencia física, regresarán al teletrabajo entre el 23 de diciembre de 2020 y el 18 de enero de 2021.

No se emitirán salvoconductos durante el estado de excepción. Foto: Archivo

Estas son las nuevas medidas:

  • Presentar una prueba PCR seguirá siendo un requisito para todos los viajeros que lleguen desde el extranjero.
      • Si el resultado es positivo deberán cumplir con el aislamiento preventivo obligatorio de 10 días.
  • Podrán circular libremente, los vehículos del sector comercial, industrial y productivo.
      • A este grupo se suman los funcionarios judiciales, fiscales, de la Defensoría del Pueblo y de la Defensoría Pública.
      • También podrán transitar sin restricción los candidatos inscritos para las elecciones de 2021, los trabajadores de empresas de seguridad pública y privada, y de las agencias de control de los municipios.
  • Los taxis también podrán circular sin restricción entre las 04:00 y las 22:00.
  • Las unidades del transporte interprovincial podrán operar en las rutas nocturnas.
      • Pero podrán salir de las terminales terrestres antes de las 22:00 y deberán llegar a su destino pasadas las 04:00.
      • No se permitirá que recojan y dejen pasajeros durante el trayecto.

(I)

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