Esta es la sanción por atropello y muerte de Roberto Malta - Qué Noticias
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Presunta responsable del fallecimiento de Roberto Malta es convocada a juicio: ¿Cuál sería la sanción por atropello y muerte de una persona?

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La presunta responsable de accidente que provocó la muerte de Roberto Malta Ziadé fue llamada a juicio este 26 de enero de 2021. El caso de Malta causó indignación en septiembre del año pasado y provoco que en redes sociales se produzcan mensaje con la etiqueta #JusticiaParaRobertoMalta. El fallecimiento del hombre de 38 años llevó […]

Escena del accidente de tránsito que involucra la muerte de Roberto Malta. Foto: Fiscalía General del Estado
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La presunta responsable de accidente que provocó la muerte de Roberto Malta Ziadé fue llamada a juicio este 26 de enero de 2021. El caso de Malta causó indignación en septiembre del año pasado y provoco que en redes sociales se produzcan mensaje con la etiqueta #JusticiaParaRobertoMalta.

El fallecimiento del hombre de 38 años llevó a cuestionamientos sobre las medidas cautelares sustitutivas emitidas para la conductora del vehículo que lo embistió. Sin embargo, la jueza de Garantías Penales, Yessenia Hidalgo, dictó auto de llamamiento a juicio contra Kenny Solange A. F.

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La decisión se toma por la presunta responsabilidad en el accidente de tránsito que causó la muerte de Roberto Malta. La jueza acogió la acusación fiscal presentada en la audiencia preparatoria de juicio, desarrollada este lunes 25 de enero. Sin embargo, la etapa de juicio contra la procesada quedó suspendida hasta que sea capturada o se entregue voluntariamente a las autoridades judiciales.

La fiscal especializada en Accidentes de Tránsito, Azucena Camatón Borbor, presentó entre los elementos de convicción:

  • Acta de levantamiento de cadáver y protocolo de autopsia practicados a la víctima
  • Informe de explotación y extracción de información a los videos de las cámaras de seguridad de domicilios particulares y partes informativos del accidente de tránsito
  • Pruebas de alcotest (negativa rotunda) y psicosomática positiva tomadas a la procesada.
  • Informe técnico investigativo elaborado por los peritos la Oficina de Investigación de Accidentes de la Comisión de Tránsito del Ecuador (OIAT)
  • Oficio de reconocimiento y avalúo de daños materiales
  • Informe de reconocimiento médico efectuado a la víctima días antes de su fallecimiento
  • Versión de la acompañante (testigo presencial) del fallecido, que se encontraba en el lugar de los hechos la noche del siniestro.

¿Qué ocurrió la noche de la muerte de Roberto M.?

El hecho ocurrió el 5 de septiembre de 2020 en el sector de Urdesa, norte de Guayaquil. Un vehículo manejado por Kenny Solange A. F. atropelló e impactó al conductor de otro automotor, identificado como Roberto Malta.

El impacto ocasionó heridas de consideración al hombre, quien fue trasladado a una casa de salud en Guayaquil. La noticia del deceso fue confirmada la noche del sábado 12 de septiembre; él se encontraba en coma en el Hospital Luis Vernaza de Guayaquil.

El domingo 6 de septiembre, la Fiscalía solicitó la prisión preventiva de la conductora del vehículo. Sin embargo –y a pesar de haber justificado su pedido– la jueza que de la causa otorgó medidas sustitutivas de presentación ante la autoridad fiscal. Además, la autoridad legal indicó la prohibición de salida del país, levantando con ello la custodia de la detenida y ordenando su libertad.

El martes 15 de septiembre, la procesada Kenny Solange A. F. incumplió la medida cautelar de presentación, por lo que la fiscal Maribel Haro notificó del particular a la Magistrada.

Fiscalía encontró nuevos elementos de convicción, por lo que reformuló cargos contra la procesada. Además, con la muerte de Roberto M. Z., se cambió el tipo penal, de lesiones a muerte culposa causada por conductor en estado de embriaguez.

¿Qué pasará con Kenny S.?

La Fiscalía procesa este caso con base en el artículo 376 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). En este oficio se indica que cuando la muerte es causada por conductor en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias estupefacientes será sancionada con pena privativa de libertad de diez a doce años. Además, se señala la revocatoria definitiva de la licencia para conducir vehículos. (I)

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