Esto dice la Constitución sobre la sucesión presidencial
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Ecuador

"Si algo le pasa a Noboa, Gellibert se consagraría como la nueva presidenta del Ecuador sin legitimidad democrática", alega constitucionalista.

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Para el abogado, una de las alternativas que tenía el presidente para no caer en el enrollo de infracción electoral era presentar una acción de inconstitucionalidad con medida cautelar.

Daniel Noboa y Cynthia Gellibert. Foto: creada por aplicación
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Por tercera ocasión, el presidente-candidato Daniel Noboa encargó la Presidencia a Cynthia Gellibert a través de un decreto. Esta vez, la ausencia será desde las 06:00 del viernes 24 de enero hasta las 06:00 del lunes 27 del mismo mes. El informe señala que el mandatario no usará recursos públicos ni recibirá remuneración. El abogado constitucionalista André Benavides insistió en que la Corte Constitucional (CC) debe pronunciarse respecto a los últimos decretos y la situación en Carondelet.

La entidad sesionó sobre la inconstitucionalidad del decreto 500, la noche del 23 de enero de 2025. La ordenanza colocaba a Gellibert como presidenta bajo el argumento de "fuerza mayor" para hacer campaña electoral. Sin embargo, la institución no ha emitido una resolución oficial.  Mientras que, el último informe, el 513, alega que la segunda mandataria encargada asumirá ese puesto hasta que Verónica Abad viaje a Turquía a cumplir sus funciones.

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"Son actuaciones inconstitucionales. La campaña no es un motivo de fuerza mayor; eso raya en un absurdo jurídico. Y decir que la inasistencia de Abad en ese país responde a una ausencia temporal, también es contrario a la Constitución", relató Benavides en entrevista digital con Ecuavisa, el 24 de enero de 2025.

El artículo 146 de la Constitución del Ecuador especifica que, en caso de que el presidente no pueda estar en el cargo, lo reemplazará su vicepresidenta. Además, detalla que la ausencia temporal responde a tres causales: licencia otorgada por la Asamblea Nacional, enfermedad del presidente y fuerza mayor (incendios, terremotos, acciones que no puedan preverse). Benavides aludió que Noboa violó la línea de sucesión constitucional. De la misma manera, cuestionó que Ecuador tenga dos vicepresidentas y una de ellas (Gellibert) carezca de "legitimidad democrática".

"Eso quiere decir que si le pasa algo al presidente, Gellibert, por la ventana, se consagraría como la nueva presidenta del Ecuador hasta el 23 de mayo", dijo el abogado.

"Viveza criolla"

El magistrado calificó a los decretos 500, 510 y 513 como una "viveza criolla". Insinuó que el Ejecutivo eliminó el primer documento para evitar ser sujeto de control por la Corte. No obstante, el artículo 76 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Social le entrega potestad a la CC para que analice documentos eliminados o derogados.

El último escrito justifica la decisión de Noboa bajo el enunciado de que la Asamblea Nacional le podría negar la licencia para hacer campaña y eso vulneraría sus derechos de participación en la contienda. El abogado tachó esa tesis como una "especulación". El pasado 4 de enero de 2025, el Legislativo intentó licenciar al primer mandatario y sus asambleístas. Sin embargo, se abstuvo de emitir una decisión respecto a la postura del presidente.

"Este ente ya quería licenciarlo; es absurdo que pretenda argumentar eso. Cuando se trata de no quedar mal, cualquier justificación se utiliza en estas situaciones. El orden jurídico y las reglas del juego son claras. Los funcionarios públicos y quienes vayan por la reelección deben pedir licencia", remarcó el experto.

Alternativas

El constitucionalista indicó que Noboa pudo presentar varias alternativas para "solventar" el tema de la licencia electoral. Por un lado, presentar una acción de inconstitucionalidad con una medida cautelar. En ese caso, la CC ya se habría pronunciado.  Por otro, una reforma al Código de la Democracia o una ley reformativa, pero la principal autoridad del país no tomó ninguno de esos caminos.

Como contraparte, mencionó que el dictamen de la Corte puede influir en el destino del presidente y la estrategia que se utilizará en los próximos decretos. Además de las alarmas por delitos contra la administración pública, como el peculado, y posible responsabilidad política que desemboquen en un juicio político.

"Lo que resuelva la Corte puede tener efectos colaterales. No tiene argumentos para que los documentos salgan del control de la entidad", concluyó Benavides.

(I)

N.J.C

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