Ecuador
Así argumenta la Asamblea Nacional la devolución de la carta de Daniel Noboa con la que comunicó su licencia
Hay presión desde varios sectores pars que el mandatario tome la licencia para hacer campaña electoral, ya que figura en la papeleta de las elecciones presidenciales de febrero de este año.
Para la Asamblea Nacional, el Decreto 500 del presidente Daniel Noboa con el que pretende tomar licencia, no cumple con lo que dispone la Ley. En este inidica que se ausentará desde este 9 hasta el 12 de enero de 2025, periodo en el que encargaría las funciones a Cynthia Gellibert, a quien previamente designó como vicepresidenta en ausencia de Verónica Abad.
Por tanto, desde la Secretaría General del Legislativo se devolvió el oficio al mandatario, con el que notificaba a decisión. En la notificación de la Asamblea se menciona que los artículos 146 de la Constitución, 42 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa y 30 del Código Civil. Bajo estos argumenta que el Decreto no se adecua al concepto de fuerza mayor o caso fortuito.
La Secretaría General de @AsambleaEcuador devolvió al Presidente de la República el Oficio mediante el cual notifica el Decreto No. 500, al no cumplir con lo dispuesto en los artículos 146 de la Constitución, 42 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa y 30 del Código Civil. pic.twitter.com/oMlCb983UA
— Alejandro Muñoz (@AlejandroMunozH) January 9, 2025
Además recomienda a Noboa, que para ausentarse debe "solicitar una licencia sin remuneración a la Asamblea Nacional a fin de que esta resuelva negar o conceder la misma por ausencia temporal". Según el documento de Noboa, el motivo para ausentarse " de fuerza mayor" es además por “los inconmensurables supuestos que pueden aparecer por la percepción de cada ciudadano sobre los actos que realiza el Presidente de la República … en cualquier evento público, se confunda con un acto proselitista y de paso a denuncias por una infracción electoral”.
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