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Asamblea aprueba proyecto de Ley de Desaparecidos

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El Pleno de la Asamblea, en la sesión 646 del 19 de diciembre, aprobó definitivamente el proyecto de Ley Orgánica de Actuación en casos de Personas Desaparecidas y Extraviadas. El documento pasará al Registro Oficial para su publicación, tras resolver la objeción parcial del Ejecutivo. Según información del Ministerio de Gobierno y Fiscalía, entre 1970 […]

Ecuador ya cuenta con normativa para prevenir la desaparición de personas. Foto: @AsambleaEcuador
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El Pleno de la Asamblea, en la sesión 646 del 19 de diciembre, aprobó definitivamente el proyecto de Ley Orgánica de Actuación en casos de Personas Desaparecidas y Extraviadas. El documento pasará al Registro Oficial para su publicación, tras resolver la objeción parcial del Ejecutivo.

Según información del Ministerio de Gobierno y Fiscalía, entre 1970 y 2017 se han reportado 42 mil casos, siendo resuelto el 96 %. Resta por esclarecer 1.600 casos.

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El documento lo construyó, durante casi un año, la Comisión Ocasional para Atender los casos de Personas Desaparecidas, presidida por el asambleísta Absalón Campoverde, quien sufrió de cerca una situación de esta naturaleza. Desde el 07 de julio de 2012, el legislador perdió el rastro de su hija, Juliana, quien en ese momento tenía 18 años de edad.

“Esta Ley marcará historia en Ecuador, para que nadie sufra lo que nosotros hemos sufrido”. Fueron las palabras, cargadas de dolor y esperanza, de Yanera Constante, miembro de la Asociación de Familiares y Amigos de Personas Desaparecidas en el Ecuador (Asfadec) y madre de Giovanna Pérez Constante, desaparecida desde el 4 de octubre de 2010.

Con la aprobación de esta Ley, Ecuador se convierte en uno de los primeros países de la Región en legislar sobre esta temática. Los parlamentarios respondieron de manera unánime en cada una de las votaciones planteadas para aprobar esta normativa. En los próximos días el texto será publicado en el Registro Oficial, informa la Asamblea Nacional.

Datos de la Ley Desaparecidos:

  • El proyecto crea el Registro Nacional de Personas Desaparecidas, Extraviadas, Localizadas, Identificadas, no Identificadas y sin Identidad, administrado por el Ministerio de Gobierno.
  • La Fiscalía General contará con Unidades Especializadas en Investigación de Personas Desaparecidas a nivel nacional, además tendrá la responsabilidad de capacitar a los agentes fiscales de estas unidades, a los agentes policiales y funcionarios de cada entidad.
  • La búsqueda de una persona desaparecida o extraviada no podrá concluir hasta el día de su localización e identificación.
  • El eje central es la prevención. Así, en los niveles de educación general básica, bachillerato y superior de las instituciones educativas se dará paso al conocimiento de normas y protocolos para la concienciación sobre la temática.
  • En casos de niñas, niños y adolescentes extraviados, las Unidades Especializadas o la Policía activarán inmediatamente la Alerta Emilia.
  • Las víctimas indirectas, esto es familiares y allegados recibirán acompañamiento psicológico, jurídico y social  (I)
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