Comunidad
Tercera placa en Quito: Así se van definiendo las sanciones
La implementación de este dispositivo electrónico es denominado Dispositivo Electrónico de Identificación Vehicular (DEIV).
El Municipio de Quito pondrá en marcha, a partir de junio de 2024, la obligación de instalar la tercera placa en todos los vehículos matriculados en la ciudad. Esta herramienta tendrá una vida útil de cinco años y su objetivo es mejorar el control del tránsito, así como optimizar la seguridad vial.
El Secretario de Movilidad, Álex Pérez, destacó que la tercera placa será entregada de forma gratuita a los conductores que aprueben la revisión técnica vehicular. Además, será obligatoria para todos los vehículos matriculados en Quito.
Este sistema, que utiliza tecnología RFID y códigos QR, se integrará a la infraestructura de control de tránsito, incluyendo arcos lectores y equipos manuales. El dispositivo será capaz de registrar la placa y el número de chasis de los vehículos, garantizando la seguridad y confidencialidad de los datos mediante tecnología avanzada.
Financiamiento y próximos pasos
El proyecto será financiado con recursos municipales, con una inversión estimada de $5 millones. La ordenanza que regula su implementación está actualmente en trámite en la Comisión de Movilidad.
Se espera que las regulaciones técnicas sean emitidas en los próximos meses.
Multas y sanciones establecidas
La ordenanza que establece las multas y sanciones por mal uso de la tercera placa aún está en proceso de aprobación por el Concejo Metropolitano. Sin embargo, se prevé que las infracciones se clasifiquen en tres categorías: leves, graves y muy graves.
- Infracciones leves, los conductores que no lleven la tercera placa durante la revisión técnica o en los controles operativos enfrentarán una multa del 20% del salario básico unificado.
- Infracciones graves, como la reincidencia en faltas leves o no notificar daños al dispositivo, recibirán una sanción del 50% del salario básico unificado.
- Infracciones más graves, como portar una placa falsa o utilizar el dispositivo para fines distintos a los previstos, serán sancionadas con el 100% del salario básico unificado.
(I)
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